DECRETO 96/2018, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, se modificó la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma, estableciéndose su nueva estructura Departamental. A partir de esta nueva organización se crea el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

El desarrollo de la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se aprueba mediante Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón.

Posteriormente, esta estructura básica se completó con el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales. Dicha estructura fue modificada mediante Decreto 141/2016, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, reordenando las competencias en materia de Acción Exterior, que se atribuyen al departamento de Presidencia.

Todas las funciones relativas a la planificación y coordinación en materia de servicios sociales han ido incrementándose en su volumen de actuación, adquiriendo mayor relevancia en la actividad de la Secretaría General Técnica, lo que aconseja que se dote de una estructura propia especializada y dedicada a estas tareas.

Para esta nueva organización se considera adecuado dotar a la Secretaría General Técnica de un nuevo servicio al que se le adscriban el personal de los puestos de trabajo que realizan estas actividades del departamento, como fórmula idónea de coordinación y optimización de los recursos del departamento.

A este nuevo servicio se le asignarían las competencias relativas a la actividad de planificación, así como las correspondientes a la mejora de la calidad de los servicios públicos en materia de servicios sociales. La modificación que se aprueba supone una reordenación de la estructura existente hasta ahora, que se articula en torno a la reordenación de los puestos de trabajo ya existentes.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 15 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, y en

base a la competencia conferida por el artículo 12.31 de la Ley...

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