DECRETO 92/2020, de 14 de octubre, del Gobierno de Aragón, por la que se modifica el Decreto 31/2004, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, de creación del Observatorio Aragonés de Familia.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Estatuto de Autonomía de Aragón, en la redacción vigente aprobada por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, hace referencia, en el artículo 71.34.ª a la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de: "acción social que comprende la ordenación, organización y desarrollo de un sistema público de servicios sociales que atienda a la protección de las distintas modalidades de familia, la infancia, las personas mayores, las personas con discapacidad y otros colectivos necesitados de protección especial".

Al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales le corresponde, de acuerdo con el Decreto 24/2020, de 26 de febrero, de estructura orgánica de este departamento: "La propuesta y ejecución de las directrices del Gobierno de Aragón sobre la acción social que comprende la protección de las distintas modalidades de familias...", a través de la Dirección General de Igualdad y Familias.

Asimismo, el artículo 15 del mencionado Decreto atribuye a la Dirección General de Igualdad y Familias, en su letra c): "el impulso de las funciones del Observatorio Aragonés de la Familia".

El Gobierno de Aragón en ejercicio de las competencias en materia de familias, mediante Decreto 31/2004, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, creó el Observatorio Aragonés de la Familia, como órgano de carácter consultivo y de impulso al desarrollo de las políticas del Gobierno de Aragón de apoyo a las familias.

Desde su creación y tras la experiencia de estos años de funcionamiento, se han producido diversas circunstancias que aconsejan la modificación de algunos de los aspectos relacionados con la organización del Observatorio Aragonés de Familia.

La denominación del órgano se debe adaptar a un concepto más amplio, debiendo referirse a las familias en plural, reflejando la realidad y pluralidad de todas las familias aragonesas. Por ello, el punto de partida de la modificación es la propia denominación del Observatorio, pasando a ser "Observatorio Aragonés de las Familias", en consonancia a esta nueva concepción.

Por otro lado, los cambios producidos en la estructura orgánica y departamental del Gobierno de Aragón, con la creación de nuevas áreas competenciales, hacen necesaria la introducción de áreas de interés para...

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