DECRETO de 9 de abril de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Gobierno de España aprobó el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SAR-CoV-2. El artículo 2.2 del Real Decreto 926/2020 establece que en cada comunidad autónoma la autoridad competente delegada será quien ostente la presidencia de la comunidad autónoma. Asimismo, el artículo 2.3 establece que las autoridades competentes delegadas quedan habilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de la Nación, las órdenes, resoluciones y disposiciones para la aplicación de lo previsto en los artículos 5 a 11 del Real Decreto 926/2020 sin que resulte precisa la tramitación de procedimiento administrativo alguno ni de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 8.6 y en el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, se ha prorrogado el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que estará vigente hasta el 9 de mayo de 2021.

Coherentemente, de acuerdo con las reglas de competencia jurisdiccional y atendido lo acordado en su día mediante Autos del Tribunal Supremo, de 29 de abril de 2020 en las cuestiones de competencia 7 y 8/2020, el control de legalidad corresponde a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. Este criterio ha sido confirmado en sus recientes Autos de fecha 3 de febrero de 2021, sobre cuestiones de competencia número 31/2020 y 35/2020, frente a Decretos del Presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria y del Presidente de la Junta de Andalucía respectivamente, por los que se establecen medidas en los respectivos ámbitos territoriales en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

Por Decreto de 18 de marzo de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma. Las medidas hasta ahora vigentes producen sus efectos hasta las 24:00 horas del 9 de abril de 2021. Posteriormente, a la vista de la evolución de la pandemia en el municipio de Tarazona, mediante Decreto de 6 de abril de 2021, se han establecido medidas adicionales para dicho municipio.

La Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, configura tres niveles de alerta. Con base en dicha regulación, la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentra en este momento en el nivel de alerta sanitaria 3 ordinario, declarado mediante Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo; excepto el municipio de Tarazona que se encuentra en nivel de alerta sanitaria 3 agravado, mediante Orden SAN/283/2021, de 6 de abril.

La situación epidemiológica en Aragón a fecha de hoy, según valoración realizada por la autoridad sanitaria, es que el descenso de la afectación por el cuarto pico epidémico ha terminado y la tendencia ha cambiado, de tal manera que está de nuevo creciendo en el inicio de un quinto pico epidémico. Tras el máximo de incidencia en la semana 3 (del 18 al 24 de enero de 2021) con 380 casos por 100.000 habitantes, se produjo a continuación un descenso a 340, 262, 169, 111, 89, 75 y 66 casos por 100.000 habitantes en las semanas siguientes hasta la número 10 (que finalizó el 14 de marzo de 2021). A partir de la semana 11 se ha iniciado un ascenso en la incidencia semanal por 100.000 habitantes, con 69, 73, y 83 casos por 100.000 habitantes en la semana 13, que finalizó el domingo 4 de abril de 2021.

Además, en los últimos días se ha producido un incremento en la incidencia de 7 días, con 89 casos por 100.000 habitantes el lunes 5 de abril y especialmente 101 el martes 6 de abril. Las incidencias de 14 días en las mismas fechas son respectivamente 165 y 182 casos por 100.000 habitantes, lo que muestra un fuerte incremento. Esto se debe a que, en determinadas zonas de Aragón, como se detalla más adelante, se ha producido un cambio de tendencia que se corresponde con el inicio de un quinto pico epidémico. Otros indicadores muestran de manera indirecta esta situación. La positividad de cohortes de personas a las que se les hace una prueba PCR ha aumentado en los últimos 10 días desde un 7,5% hasta más de un 10%. Todo ello puede indicar que va a producirse un aumento de la afectación en la población, situación que se está viendo en algunas comunidades autónomas vecinas que también han iniciado un nuevo pico epidémico como Navarra o La Rioja.

Se puede establecer una relación del incremento de casos actual con la relajación de medidas de control poblacionales tomadas...

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