DECRETO 81/2020, de 30 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 229/2012, de 23 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los honores y distinciones de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 76.3 de nuestro Estatuto de Autonomía, corresponde a la Comunidad Autónoma, la coordinación de la actuación de las Policías locales aragonesas y concretamente al Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales a través de la Dirección General de Interior y Protección Civil, dado lo estipulado en el Decreto 6/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón, ("Boletín Oficial de Aragón", número 32, de 17 de febrero de 2020).

En virtud de dicha competencia, fue aprobada en su momento la Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón, estableciendo la Disposición Derogatoria Única, la vigencia de aquellas disposiciones de igual o inferior rango que no se opusieran a la Ley. Dicho texto normativo, recoge, en su Capítulo III-Derechos y deberes- Titulo III, expresamente en el artículo 29, las distinciones y condecoraciones.

Si bien dicho artículo, recoge la opción de que las propias entidades locales pueden conceder a los miembros de las Policías Locales premios, distinciones, felicitaciones y condecoraciones por los actos de especial transcendencia realizados en la prestación del servicio o en reconocimiento de su trayectoria profesional, también abre la posibilidad en su apartado 3), de que sea el Gobierno de Aragón quien pueda conceder a los miembros de la Policía Local de municipios aragoneses distintivos y condecoraciones, conforme a los requisitos que se establezcan reglamentariamente.

Por otro lado, el artículo 47 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece la posibilidad de adscripción de Unidades del Cuerpo de Policía Nacional a las Comunidades Autónomas, como es el caso de Aragón a través del convenio firmado el 9 de mayo de 2005 con el Ministerio de Interior, posteriormente actualizado. Dicho convenio recoge la posibilidad de instar, a través del Departamento competente en materia de Interior, el ejercicio de la potestad disciplinaria o proponer la concesión de recompensas.

En lo que respecta a la competencia para el otorgamiento de los honores y...

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