DECRETO 51/2021, de 7 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la escolarización del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y en CEIP, CPI y CRA que imparten el tercer curso de las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil, en la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

I

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece la ordenación general del sistema educativo en los niveles de enseñanza no universitaria en nuestro país, junto con las disposiciones vigentes de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en el marco de las previsiones constitucionales sobre la materia.

En concreto, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, dedica el capítulo III de su título II a la escolarización en centros sostenidos con fondos públicos, completado con previsiones de otros artículos, como las referentes a la programación de la oferta de plazas y recoge, en su artículo 84.1, que las Administraciones educativas regularán la admisión del alumnado en centros docentes públicos y privados concertados, de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por parte de padres, madres o tutores legales. Asimismo, recoge que, en todo caso, se atenderá a una adecuada y equilibrada distribución entre los centros escolares del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

El artículo 73 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, que, en todo caso, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación, así como el establecimiento de criterios de admisión a los centros sostenidos con fondos públicos para asegurar una red educativa equilibrada y de carácter compensatorio.

Por Decreto 30/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, se ha venido regulando la admisión de alumnos en los centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Este Decreto, ha sido modificado parcialmente por el Decreto 49/2018, de 20 de marzo, del Gobierno de Aragón, que daba respuesta a la necesidad de flexibilizar el número de plazas reservadas en cada unidad escolar para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo garantizando una distribución equilibrada de los mismos en cada centro sostenido con fondos públicos sin que existiera posibilidad de ser ocupadas por alumnado ordinario y reforzaba el papel de la constitución y puesta en funcionamiento de Oficinas de información y atención a las familias durante el proceso de escolarización.

Posteriormente, la Orden ECD/111/2020, de 13 de febrero, por la que se modifica el anexo del Decreto 30/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, también modificó el citado Decreto con el fin principal de incluir la condición de familia monoparental como un criterio complementario y de desempate en dicho procedimiento.

Por otro lado, como consecuencia de la aprobación del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha sido necesario adaptar el procedimiento de escolarización del curso 2020-2021, sustituyendo los trámites realizados de forma presencial por una adecuación de los mismos a través de la tramitación telemática.

De este modo, la necesidad de incorporar la previsión de la tramitación telemática en las diferentes fases del procedimiento de escolarización, adecuándose a la nueva normalidad en la que se sitúa la sociedad actual, así como la incorporación en el objeto del Decreto del tercer curso de las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil en centros públicos que imparten educación primaria, justifican la necesidad de elaborar un nuevo Decreto de escolarización.

El hecho de que el citado Decreto 30/2016, de 22 de marzo, del Gobierno de Aragón, haya sido ya objeto de varias modificaciones, en aras de dar cumplimiento al principio de seguridad jurídica, hace que se considere preferible proceder a la aprobación de un nuevo Decreto que derogue y sustituya al anterior, para contar con una única norma que regule los procesos de admisión en las enseñanzas de régimen general, que se imparten en centros docentes sostenidos con fondos públicos en nuestra Comunidad Autónoma, facilitando así su uso por los ciudadanos, los centros docentes y la propia Administración.

No se pretende sin embargo una sustitución radical de la normativa que hasta ahora ha venido regulando la escolarización en el ámbito de la Comunidad Autónoma, sino que valorando la regulación anterior, y en virtud de los principios de necesidad y eficacia, se pretende en lo sustancial una continuidad de la misma con las pertinentes modificaciones que permitan introducir aquellas cuestiones y adaptaciones que se considera pueden suponer una mejora en el proceso de escolarización para asegurar que el acceso al sistema educativo goce de la mayor transparencia, eficacia y eficiencia posible, conjugando la libertad de elección de centro de las familias, la escolarización de todo el alumnado en condiciones de igualdad y la calidad educativa, incidiéndose desde un punto de vista formal en la idea de agrupar la normativa general a tener en cuenta en esta materia en una única norma.

En cualquier caso, la posibilidad de elección de centro antedicha debe entenderse en el marco de una adecuada y equilibrada distribución del alumnado con necesidad de apoyo educativo entre los centros escolares con el fin de asegurar la calidad educativa para todos, la cohesión social y la igualdad de oportunidades.

II

En consecuencia, en este nuevo Decreto se ha mantenido prácticamente en su totalidad el del año 2016, tras sus respectivas modificaciones, ya que a lo largo de estos años ha regulado adecuadamente los procesos de escolarización. No obstante, en este nuevo texto se han introducido algunas modificaciones tanto de carácter formal como material.

Desde un punto de vista formal, se ha actualizado el uso del lenguaje inclusivo en todo el texto, tratando de lograr el equilibrio entre la seguridad jurídica que ofrece la claridad normativa y la incorporación de términos inclusivos.

También, desde un punto de vista formal se ha adecuado el anexo relativo a los criterios de baremación al orden de descripción de los mismos que aparece en el texto del Decreto, con el objeto de facilitar su comprensión y aplicación.

En cuanto a las novedades materiales, en primer lugar, el objetivo fundamental de este nuevo texto supone abrir la posibilidad a la telematización de todas las fases del procedimiento de escolarización, evitando la presencialidad de los trámites, sin que ello suponga un menoscabo en los derechos de los ciudadanos que participan del mismo, sino por el contrario, avanzando en la materialización de un procedimiento público y transparente, en el que los centros educativos siguen manteniendo un papel fundamental en el asesoramiento y acompañamiento de los ciudadanos durante toda la tramitación del mismo.

Concretamente, dentro de este proceso de telematización el nuevo Decreto plantea en consecuencia, la desaparición de los actos públicos que se celebraban presencialmente en los centros educativos, sustituyendo los mismos por actos centralizados difundidos a través de medios telemáticos, que se realizan igualmente de forma pública y accesible para todos los ciudadanos y que permiten salvaguardar en todo caso los requisitos sanitarios y de seguridad pública exigidos por las autoridades sanitarias competentes.

En segundo lugar, otro de los elementos novedosos en este Decreto supone la modificación del objeto del mismo, puesto que se incorpora la escolarización del tercer curso del primer ciclo de educación infantil que se produzca en centros públicos que imparten la educación primaria. Con esta medida se da respuesta a una necesidad surgida en la actualidad de la realidad familiar aragonesa, que presenta una complejidad y diversidad extraordinarias que debe ser reconocida y abordada desde las instituciones públicas, para dar soluciones a las nuevas necesidades sociales surgidas. El Gobierno de Aragón reconoce esas singularidades sociológicas y asume la responsabilidad en la puesta en marcha de medidas como esta, que consolidan y atienden a todas las familias, y especialmente a aquellas que por diversas circunstancias sociofamiliares se conviertan en más vulnerables.

Se incorpora asimismo en este Decreto la previsión de que aquellos municipios que no estén zonificados se considerarán como única zona para el baremo de proximidad de domicilio, sin que resulte de aplicación el criterio de zona limítrofe, con el objeto de favorecer la escolarización de los ciudadanos que residen en el mismo.

Otra de las novedades en el proceso de escolarización supone que en aquellos centros donde el número de solicitudes sea superior al de plazas disponibles, una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, las mismas serán baremadas antes de la realización del sorteo público. De este modo se facilita a las familias la participación en el sorteo público conociendo de antemano la puntuación baremada de su solicitud. Este trámite permite a los ciudadanos reclamar en caso de considerarlo oportuno las listas de solicitudes baremadas, antes de la publicación de las listas provisionales y definitivas de admitidos en el centro, suponiendo esto un avance en cuanto a transparencia y adecuación del procedimiento, puesto que la depuración de errores...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR