DECRETO 4/2018, de 9 de enero, del Gobierno de Aragón. por el que se autoriza la participación del Gobierno de Aragón en la Fundación Aquagraria y se designan representantes.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyDecreto

Conforme a la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y mediante la aprobación del Decreto 314/2011, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, se autorizó la participación del Gobierno de Aragón en la fundación de iniciativa pública denominada "Fundación Aquagraria", cuyo objeto es la realización, de forma directa o concertada, de actividades tendentes a favorecer el desarrollo cultural, científico y económico del medio rural.

Esta fundación fue constituida en escritura número 625, de 13 de septiembre de 2011, e inscrita en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón por Orden de 14 de noviembre de 2011, del Consejero de Política Territorial e Interior, estando entre los socios fundadores el Gobierno de Aragón, que realizó una aportación inicial de 10.000 €.

No obstante, en el año 2014, teniendo en cuenta las circunstancias económicas de la Comunidad Autónoma, que restringieron presupuestariamente las actuaciones a realizar, se determinó la separación del Gobierno de Aragón de esta Fundación. Así, mediante el Decreto 126/2014, de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, se autorizó la separación del Gobierno de Aragón de la Fundación Aquagraria y en el mismo decreto se facultó al Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente para realizar las comunicaciones, acuerdos y gestiones oportunas para hacer efectiva dicha separación.

En la actualidad, el Gobierno de Aragón considera conveniente volver a participar en la citada fundación teniendo en cuenta, por un lado, las competencias autonómicas recogidas en el Estatuto de Autonomía de Aragón donde se hace referencia expresa al desarrollo integral del mundo rural y, por otro, el objeto de la fundación en el sentido de realizar actividades tendentes a favorecer fines de interés general, cultural, científico y educativo en el mundo rural.

Dicha Fundación se halla actualmente adscrita al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, por lo que no habrá adscripción a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional octava del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón), la participación de una fundación privada de iniciativa pública deberá ser autorizada por decreto del Gobierno de Aragón.

En su virtud, según lo dispuesto en el Decreto 276/1995, de 19 de diciembre, de la...

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