DECRETO 26/2018, de 6 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se crean los ficheros de datos de carácter personal Base de Datos de Quejas, Sugerencias y Gestorías en el Ámbito Sanitario y Base de Datos de Saludinforma y se modifican los ficheros Registro de Usuarios del Sistema de Salud de Aragón' y Registro Autonómico de Voluntades Anticipadas del Departamento de Sanidad.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, regula el tratamiento de datos personales a efectos de proteger y garantizar las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, especialmente, de su honor, intimidad personal y familiar. Su artículo 2 prevé que será de aplicación a los datos de carácter personal registrados en soporte físico, que los haga susceptibles de tratamiento, y a toda modalidad de uso posterior de estos datos por los sectores público y privado.

El artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, considera dato de carácter personal cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables y el artículo 5.1.f) del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, precisa que son datos de carácter personal las informaciones numéricas, alfabéticas, gráficas, fotográficas, acústicas o de cualquier tipo concerniente a personas físicas identificadas o identificables.

Con ese objetivo, los artículos 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y 54 del citado Reglamento de desarrollo aluden a la creación, modificación, supresión y al contenido de los ficheros por las Administraciones Públicas, que sólo podrá efectuarse por medio de disposición general publicada en el "Boletín Oficial del Estado", o Diario Oficial correspondiente.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 16.3, establece que: "todas las personas tienen derecho a la protección de sus datos personales contenidos en las bases de datos de las Administraciones Públicas y empresas públicas aragonesas y las empresas privadas que trabajen o colaboren con ellas. Igualmente, tendrán derecho a acceder a los mismos, a su examen y a obtener su corrección y cancelación"; y en su artículo 75.5.ª se atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida con el Estado en materia de protección de datos de carácter personal que, en todo caso, incluye la regulación, inscripción y el tratamiento de los mismos, y el control de los ficheros creados o gestionados por las instituciones públicas de Aragón.

Por su parte, el Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 1, indica que "la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal en el ámbito de la Administración de Comunidad Autónoma de Aragón, se efectuará a iniciativa del Departamento competente por razón de su contenido, mediante decreto del Gobierno de Aragón aprobado a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales".

La atribución al Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales que consta en el decreto citado hay que entenderla referida al titular del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se asignan las competencias a los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma y se les adscriben sus organismos.

El Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, parcialmente modificado por Decreto 157/2017, de 17 de octubre, en su artículo 1.2,c), atribuye a dicho Departamento las funciones correspondientes al ejercicio de la competencia compartida en materia de protección de datos de carácter personal, establecida en el artículo 75.5.ª de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, y en su artículo 10 establece que corresponde a la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información el "ejercicio de las competencias en materia de protección de datos de carácter personal, incluida la regulación, inscripción y control de los ficheros creados o gestionados por las instituciones públicas de Aragón, y la relación con la Agencia Española de protección de datos, así como en su caso, con la Agencia de protección de datos de Aragón".

El Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud y, en virtud de lo previsto en el artículo 21, atribuye a la Dirección General de Derechos, y Garantías de los Usuarios la competencia para la gestión y mantenimiento de la Base de Datos de Usuarios del Sistema Nacional de Salud en Aragón y la regulación y tramitación de las quejas de los mismos, así como la gestión y mantenimiento de la plataforma SaludInforma como herramienta de gestión telemática de la información y de trámites no presenciales.

De este modo, atendiendo a la naturaleza pública de los ficheros, procede la aprobación del presente decreto relativo a la creación de los ficheros de datos de carácter personal "Base de datos de quejas, sugerencias y gestorías en el ámbito sanitario" y "Base de datos de SaludInforma" y a la modificación de los ficheros correspondientes al "Registro Autonómico de Voluntades Anticipadas", regulado en el Decreto 100/2003, de 6 de mayo, del Gobierno de Aragón, y al "Registro de Usuarios del Sistema de Salud de Aragón", previsto en la Orden de 8 de abril de 2003, del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales, conforme a lo establecido en el artículo 2.1 del Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón.

Por todo ello, con el presente decreto se pretende dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto 98/2003, de 29 de abril, del Gobierno de Aragón y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

En su tramitación, este decreto ha sido informado por la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, por la Secretaría General Técnica del Departamento de Sanidad y por la Dirección General de Servicios Jurídicos del Departamento de Presidencia.

En su virtud, a iniciativa del Consejero...

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