DECRETO 225/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón por el que se modifica el Decreto 65/2001, de 27 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los turnos de guardia del personal que participa en las tareas de prevención y extinción de incendios forestales.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El desarrollo normativo autonómico encuentra amparo en las competencias asumidas en virtud de lo dispuesto en los artículos 71.14.ª, 71.17.ª, 71.23.ª y 75.3.ª de su Estatuto de Autonomía, conforme a la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del mismo, que atribuye competencia exclusiva a la comunidad sobre el desarrollo legislativo y ejecución sobre normas adicionales de protección del medio ambiente, en el marco de la legislación básica del Estado.

En virtud de estas competencias se aprobó el Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón, en cuyo artículo 105. 4 se determina que la dirección de la extinción de incendios forestales corresponderá a funcionarios con formación acreditada específica en la extinción de incendios forestales.

En virtud del Decreto 317/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, se le asigna a la Dirección de Gestión Forestal, Caza y Pesca, entre otras, la promoción normativa, el análisis, la gestión y control operativo de prevención y extinción de incendios forestales, en particular la asistencia a la dirección de extinción y la selección y formación del personal especializado.

El Decreto 65/2001, de 27 de marzo, del Gobierno de Aragón, regula la organización y funcionamiento de los turnos de guardia del personal que participa en las funciones de prevención y extinción de incendios forestales. Esta regulación surgió, entre otras razones, por la necesidad de adaptar el ejercicio de dichas funciones al Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO) vigente en ese momento, que fue aprobado por Decreto 226/1995, de 17 de agosto, de la Diputación General de Aragón. El citado Decreto 65/2001, de 27 de marzo, mantuvo su redacción incluso con el PROCINFO vigente, que fue aprobado mediante el Decreto 118/2011, de 31 de mayo, del Gobierno de Aragón.

Con fecha 23 de octubre de 2018 se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", el Decreto 167/2018 de 9 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Incendios Forestales (PROCINFO), que entrará en vigor el 1 de enero de 2019, derogando al PRONCINFO hasta ahora vigente. El nuevo PRONCINFO aporta cambios significativos tanto en la organización de la gestión de las emergencias por incendios forestales como en los puestos requeridos para su gestión con relación, especialmente a lo contenido en el Decreto 65/2001 de 27 de marzo. Tales cambios hacen imprescindible y urgente una modificación del Decreto 65/2001 de 27 de marzo para su adaptación con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 167/2018 de 9 de octubre.

Para precisar las distintas guardias a las que afectaba su regulación, el Decreto 65/2001, de 27 de marzo, las describió mediante correspondencias con las funciones atribuidas por el PROCINFO a sus...

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