DECRETO 213/2019, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 30/2019, de 12 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario.
Sección | I. Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Decreto |
En el ejercicio de las competencias que el Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma en materia de sanidad e higiene, y dentro del marco legal establecido por la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, con sujeción a lo establecido con carácter básico por el Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, sobre condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos, el Gobierno de Aragón aprobó el Decreto 30/2019, de 12 de febrero, por el que se regula el uso de desfibriladores automatizados externos fuera del ámbito sanitario, en el que se establecieron los requisitos para la instalación fuera del ámbito sanitario de los desfibriladores externos automatizados, por parte de entidades públicas y privadas, para atender los paros respiratorios que se puedan producir en su ámbito de actuación, señalándose en su artículo 4 los supuestos en que resulta obligatoria la instalación de dichos desfibriladores, remitiendo tal obligación a lo especificado en el anexo V del propio Decreto.
Entre los supuestos obligatorios de instalación de desfibrilador externo automatizado se incluyen, entre otros, los centros educativos, en los que se incluye la totalidad de los centros escolares de Aragón, y los centros de pública concurrencia, refiriéndose éstos a los establecimientos públicos con aforo superior a 500 personas que sirven para la realización de actividades recreativas o de espectáculos públicos, sin incluir aquellas instalaciones desmontables o de temporada.
Tales previsiones, como se mencionaba en la parte dispositiva del Decreto 30/2019, de 12 de febrero, han de adecuarse a lo establecido, para los centros de pública concurrencia, en su normativa especial, debiéndose tener en cuenta que el Decreto 63/2017, de 25 de abril, al que se aludía en dicha parte expositiva, ha sido derogado por el Decreto 143/2018, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario y se establecen medidas para la mejora de la convivencia en la celebración de los espectáculos públicos y de las actividades recreativas. En el artículo 20.3 de dicho Decreto se dispone el carácter obligatorio de la instalación de desfibriladores externos automáticos/semiautomáticos en los establecimientos públicos que desarrollen...
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