DECRETO 20/2018, de 23 de enero, por el que se modifica el Decreto 343/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se constituye la Comisión Interdepartamental de Drogodependencias y el Consejo Asesor en Drogodependencias.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Decreto 343/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, creó la Comisión Interdepartamental de Drogodependencias y el Consejo Asesor en Drogodependencias, regulando sus objetivos, composición, funciones y funcionamiento. La Ley 3/2001, de 4 de abril, de prevención, asistencia y reinserción social en materia de drogodependencias, contemplaba la creación de la Comisión Interdepartamental de Drogodependencias como órgano de coordinación institucional, y del Consejo Asesor en Drogodependencias, como órgano de participación social.

La composición del Consejo Asesor queda regulada en el artículo 2 del citado Decreto 343/2001, de 18 de diciembre, asegurándose una amplia representación en el mismo de responsables de la Administración autonómica, profesionales del ámbito sanitario y expertos, y representantes de las entidades asociativas, organizaciones sindicales y empresariales, y entidades locales. Por otra parte, la composición de la Comisión Interdepartamental queda regulada, a su vez, en el artículo 6 del decreto.

Con el fin de reforzar la composición de ambos órganos y adecuarla a la nueva realidad institucional, se procede a modificar su actual regulación en los términos previstos en el presente decreto.

En el procedimiento de elaboración de esta norma se ha efectuado trámite de audiencia e información pública y se han emitido los informes preceptivos de la Secretaría General Técnica del Departamento de Sanidad y de la Dirección General de Servicios Jurídicos.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día de 23 de enero de 2018,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 343/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se constituye la Comisión Interdepartamental de Drogodependencias y el Consejo Asesor en Drogodependencias.

Primero.- El artículo 2 del decreto queda redactado en los términos siguientes:

"Artículo 2. Composición.

  1. El Consejo Asesor en Drogodependencias estará constituido por los siguientes miembros:

    - Presidente: el titular del Departamento competente en materia de Salud o persona en quien delegue.

    - Vocales:

    1. Cinco vocales en representación de las siguientes áreas de actuación...

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