DECRETO 182/2016, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 154/2014, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autorizan las encomiendas de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Entidades Locales que se adhieran mediante la formalización del correspondiente convenio para la atención de personas en situación de dependencia en el servicio de ayuda a domicilio.
Sección | III. Otras Disposiciones y Acuerdos |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 154/2014, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autorizan las encomiendas de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Entidades Locales que se adhieran mediante la formalización del correspondiente convenio para la atención de personas en situación de dependencia en el servicio de ayuda a domicilio, en su Disposición Tercera autoriza el texto de los convenios con las entidades locales, en cuyo contenido se establece el régimen jurídico de las encomiendas, cuyo modelo se adjunta como anexo, y en su Disposición Cuarta se faculta a la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales para la formalización de las encomiendas de gestión mediante la firma de los convenios en nombre y representación del Gobierno de Aragón.
Los convenios suscritos contemplan una vigencia hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis. Así mismo, determinadas dificultades apreciadas en la gestión de los convenios firmados aconsejan una revisión y actualización de su contenido para garantizar el acceso lo más rápido posible de las personas en situación de dependencia en el servicio de ayuda a domicilio de naturaleza esencial.
Por cuanto antecede, a propuesta de la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 13 de diciembre de 2016,
DISPONGO:
El Decreto 154/2014, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se autorizan las encomiendas de gestión de la Comunidad Autónoma de Aragón a las Entidades Locales que se adhieran mediante la formalización del correspondiente convenio para la atención de personas en situación de dependencia en el servicio de ayuda a domicilio, queda modificado en los siguientes términos:
Uno. El apartado tercero queda redactado del siguiente modo:
"Los convenios que se suscriban con las entidades locales en los que se formalicen las encomiendas de gestión deberán contener, al memos, los siguientes términos:
Objeto del...
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