DECRETO de 18 de marzo de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

El Gobierno de España aprobó el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SAR-CoV-2. El artículo 2.2 del Real Decreto 926/2020 establece que en cada comunidad autónoma la autoridad competente delegada será quien ostente la presidencia de la comunidad autónoma. Asimismo, el artículo 2.3 establece que las autoridades competentes delegadas quedan habilitadas para dictar, por delegación del Gobierno de la Nación, las órdenes, resoluciones y disposiciones para la aplicación de lo previsto en los artículos 5 a 11 del Real Decreto 926/2020 sin que resulte precisa la tramitación de procedimiento administrativo alguno ni de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 8.6 y en el artículo 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Por Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, se ha prorrogado el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que estará vigente hasta el 9 de mayo de 2021.

Coherentemente, de acuerdo con las reglas de competencia jurisdiccional y atendido lo acordado en su día mediante Autos del Tribunal Supremo, de 29 de abril de 2020 en las cuestiones de competencia 7 y 8/2020, el control de legalidad corresponde a la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. Este criterio ha sido confirmado en sus recientes Autos de fecha 3 de febrero de 2021, sobre cuestiones de competencia número 31/2020 y 35/2020, frente a Decretos del Presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria y del Presidente de la Junta de Andalucía respectivamente, por los que se establecen medidas en los respectivos ámbitos territoriales en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre.

Por Decreto de 15 de enero de 2021, del Presidente del Gobierno de Aragón, se establecen medidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 y del Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma. Dicho Decreto ha sufrido modificaciones posteriores en función de la evolución de la pandemia, de manera que las medidas hasta ahora vigentes producen sus efectos hasta las 24:00 horas del 19 de marzo de 2021.

La Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón, configura tres niveles de alerta. Con base en dicha regulación, la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentra en este momento en el nivel de alerta sanitaria 3 ordinario, declarado mediante Orden SAN/86/2021, de 3 de marzo.

Además, el pasado 10 de marzo de 2021, se adoptó un Acuerdo por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre la declaración de actuaciones coordinadas frente a la COVID-19 con motivo de la festividad de San José y de la Semana Santa de 2021. Este acuerdo fue publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del viernes 12 de marzo de 2021, mediante Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad.

La situación epidemiológica en Aragón a fecha actual, según valoración realizada por la autoridad sanitaria, es que el descenso de la afectación por el cuarto pico epidémico ha terminado. Tras el máximo de incidencia en la semana 3 (del 18 al 24 de enero de 2021) con 380 casos por 100.000 habitantes, se produjo a continuación un descenso a 340, 262, 169, 111, 89, 75 y 66 casos por 100.000 habitantes en las semanas siguientes hasta la número 10 (que finalizó el 14 de marzo de 2021). Sin embargo, las incidencias diarias de 7 días anteriores llevan ya una semana en torno a los 65 casos por 100.000 habitantes, lo que parece indicar que se ha llegado a un nuevo nivel de afectación basal, o que si mejora será poco. Las incidencias de 14 días anteriores de los últimos días siguen mejorando hasta 132 casos por 100.000 habitantes, pero parece que es sobre todo por el descenso previo. Según la valoración del riesgo se corresponden con un nivel medio, pero situado en su parte superior. Por otro lado, la positividad de pruebas PCR por cohorte de personas diagnosticadas también tiene una evolución similar, en que ha llegado a un mínimo de algo menos de un 7%. Por otra parte, la evolución de los ingresos...

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