DECRETO 112/2016, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se declara la Comunidad Autónoma de Aragón como heredera legal de D.ª Pilar Pérez Santiberi.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyDecreto

El Código del Derecho Foral de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2011, de 22 de marzo y la Ley del Patrimonio de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, establecen que, en defecto de los parientes legalmente llamados a la sucesión de quien fallezca intestado bajo vecindad civil aragonesa, sucederá la Comunidad Autónoma de Aragón.

En este sentido el apartado cuarto del artículo 20 del texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón dispone que "...Cuando a falta de otros herederos legales con arreglo al Derecho foral aragonés sea llamada a suceder la Administración de la Comunidad Autónoma, corresponderá a esta Administración efectuar en vía administrativa la declaración de su condición de heredero legal, una vez justificado debidamente el fallecimiento de la persona de cuya sucesión se trate, la procedencia de la apertura de la sucesión legal y constatada la ausencia de otros herederos legales".

Recibida comunicación del Instituto Aragonés de Servicios Sociales sobre la posible herencia vacante de D.ª Pilar Pérez Santiberi, soltera y sin familiares conocidos, de vecindad civil aragonesa, nacida el 23 de junio de 1925 en la localidad de Aguinaliu (Huesca) y fallecida el 26 de agosto de 2011, sin haber otorgado testamento, teniendo su último domicilio en la ciudad de Huesca, tramitadas diligencias previas de averiguación, mediante Orden de 16 de diciembre de 2015 del Consejero de Hacienda y Administración Pública se dispuso el inicio del procedimiento para la declaración de la Comunidad Autónoma de Aragón como heredera legal de D.ª Pilar Pérez Santiberi.

Mediante certificaciones del Registro Civil y del Registro General de Actos de Última Voluntad se acreditaron dichos hechos, solicitándose a las autoridades y funcionarios públicos, registros y demás archivos públicos información sobre la causante y sus bienes. Al expediente se incorporó el Auto de 2 de febrero de 2012 del Juzgado de Primera Instancia núm.3 de Huesca aprobando las cuentas generales rendidas por la Comisión de Tutela y Defensa Judicial de Adultos de la Comunidad Autónoma.

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 15, de 25 de enero de 2016, se dio publicidad a la citada Orden de 16 de diciembre de 2015, así como en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos correspondientes al último domicilio de la causante, al del lugar de fallecimiento, donde radicaban la mayor parte de sus bienes y en la página web del...

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