CORRECCIÓN de errores de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyCorrección de errores

Advertidos errores en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 241, de fecha 10 de diciembre de 2014, se procede a su subsanación en los siguientes términos:

- En la página 38724, artículo 4 y)

Donde dice:

Instalación existente: en el procedimiento de autorización ambiental integrada, se entiende por tal:

  1. Cualquier instalación de las incluidas en el Anejo de la Ley 16/2001, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, previo a la modificación de este por la Ley 5/2013, de 11 de julio, en funcionamiento y autorizada con anterioridad al 3 de julio de 2002 o que haya solicitado las correspondientes autorizaciones exigidas por la normativa aplicable para su funcionamiento y puesta en marcha, siempre que se haya puesto en funcionamiento a más tardar, doce meses después de dicha fecha.

  2. Cualquier instalación correspondiente a los nuevos supuestos incluidos por la Ley 5/2013, de 11 de junio, en el anejo I de la Ley 16/2001, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, en funcionamiento y autorizada con anterioridad al 7 de enero de 2013 o que haya solicitado las correspondientes autorizaciones exigidas por la normativa aplicable para su funcionamiento y puesta en marcha, siempre que se haya puesto en funcionamiento, a más tardar, doce meses después de dicha fecha.

    Debe decir:

    Instalación existente: en el procedimiento de autorización ambiental integrada, se entiende por tal:

  3. Cualquier instalación de las incluidas en el Anejo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, previo a la modificación de este por la Ley 5/2013, de 11 de junio, en funcionamiento y autorizada con anterioridad al 3 de julio de 2002 o que haya solicitado las correspondientes autorizaciones exigidas por la normativa aplicable para su funcionamiento y puesta en marcha, siempre que se haya puesto en funcionamiento a más tardar, doce meses después de dicha fecha.

  4. Cualquier instalación correspondiente a los nuevos supuestos incluidos por la Ley 5/2013, de 11 de junio, en el anejo I de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de...

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