ORDEN de 25 de septiembre de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de becas de auxiliares de conversación de lengua inglesa y francesa destinados a centros públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2012-2013 en el marco del Programa Operativo del Fondo Social Europeo 2007-2013.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Por Orden de 30 de mayo de 2012, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón («Boletín Oficial de Aragón» núm. 117, de 18 de junio) se convocaron becas de auxiliares de conversación de lengua inglesa y francesa destinados a centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2012-2013 y se aprobaron las bases reguladoras para su concesión, cofinanciadas por la Comunidad Autónoma de Aragón y el Fondo Social Europeo.

Una vez valorados los candidatos por la Comisión de selección prevista en la base undécima, mediante Resolución de 24 de julio de 2012, del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, se resolvió provisionalmente la convocatoria, determinando los candidatos seleccionados así como los candidatos que quedan en reserva y las solicitudes excluidas.

Habiéndose cumplido los trámites recogidos en la base undécima y duodécima de la convocatoria y a propuesta del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, resuelvo:

Primero.- Adjudicar las becas de auxiliares de conversación de lengua inglesa y francesa a los candidatos que se relacionan en el anexo I, con indicación del número de horas, centros de destino y cuantía de la beca. Los perceptores de estas ayudas, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma y con la cofinanciación del Fondo Social Europeo tendrán la obligación de colaborar con el personal que lleve a cabo las funciones de control financiero. Esta adjudicación supone su aceptación a ser incluidos en la lista pública que se recoge en el artículo 7, apartado 2, letra d del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006.

Segundo.- Aprobar la lista de reservas de candidatos, que se une como anexo II.

Tercero.- Aprobar la lista de candidatos excluidos con expresión de la causa de exclusión, que se une como anexo III.

Cuarto.- Aprobar la lista de participantes que no han aceptado la plaza concedida en la resolución provisional, que se une como anexo IV.

Quinto.- Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de Reposición ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su...

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