DECRETO 65/1989, de 30 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la constitución, competencias y funcionamiento del Consejo de Pesca Fluvial de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA,GANADERIA Y MONTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 65/1989, de 30 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la constitución, competencias y funcionamiento del Consejo de Pesca Fluvial de Aragón.

Transferidas a la Diputación General de Aragón por el Decreto 1410/84, de 8 de febrero las competencias en materia de protección, conservación, fomento y ordenado aprovechamiento de la riqueza piscícola continental, que fueron asignadas al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes mediante Decreto 64/l984, de 30 de agosto, se hace preciso dictar las disposiciones conducentes a la consecución de esos fines.

Considerando que la pesca fluvial constituye una actividad de notable influencia sobre la fauna acuática que existe en las aguas continentales, competencias y funcionamiento del Consejo de Pesca Fluvial de Aragón, como órgano de consulta y asesoramiento del Departamento en lo relacionado con esta materia.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, previa deliberación de la Diputación General de Aragón en su reunión del día 30 de mayo de 1989, DISPONGO:

Artículo primero.

Se constituye como órgano asesor en materia de pesca fluvial, adscrito al Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, el Consejo de Pesca Fluvial de Aragón.

Artículo segundo.

Uno.-El Consejo de Pesca Fluvial de Aragón estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El Director General de Ordenación Rural.

Vicepresidente Primero: El Jefe del Servicio de Conservación del Medio Natural.

Vicepresidente Segundo: El Presidente de la Federación Aragonesa de Pesca y Casting.

Vocales:

-Un representante de las Sociedades o Asociaciones relacionadas con la defensa de la naturaleza, con implantación en toda la Comunidad Autónoma.

-Un representante por cada provincia de las Sociedades de Pescadores, declaradas Colaboradoras, elegido entre ellas.

-Un representante de la Dirección General de Deportes.

-Un representante de la Dirección General de Industria.

-Un representante de la Dirección General de la Salud Pública.

-Un representante de la Dirección General de Turismo.

-Un representante de la Universidad de Zaragoza, con experiencia en la materia, designado por el Rector.

-Un representante de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

-Un representante de la Confederación Hidrográfica del Júcar.

-Un representante de la Dirección General de Ordenación Rural, experto en temas de pesca, que actuará...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR