DECRETO 110/1992, de 26 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la constitución de la empresa Sociedad Aragonesa de Tecnologías Aplicadas, S. A.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 110/1992, de 26 de mayo, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba la constitución de la empresa Sociedad Aragonesa de Tecnologías Aplicadas, S. A.

El Gobierno de Aragón, y concretamente el Departamento de Industria, Comercio y Turismo, viene desarrollando, en los últimos años, una labor constante de introducción y desarrollo de nuevas tecnologías en el entramado industrial de la Comunidad Autónoma de Aragón, prueba de ello lo tenemos en el Instituto Tecnológico de Aragón, el Laboratorio de Investigaciones de Técnicas de la Combustión, el Servicio Aragonés de la Calidad y Seguridad Industrial y en avanzada fase de construcción, el Centro de Investigaciones Aplicadas cuyo objetivo básico es el de facilitar a las empresas aragonesas unas instalaciones expresamente pensadas y construidas para realizar investigación industrial, La interrelación que debe crearse entre los distintos agentes implicados en la investigación y aplicación de las nuevas tecnologías, las entidades propias de la Diputación General de Aragón en el área de investigación, la Universidad y, en particular, sus Facultades y escuelas Técnicas y la empresa, aconseja disponer de un instrumento de gestión adecuado al tipo de actividad a desarrollar de forma que la relación entre los distintos agentes sea fluida y tenga capacidad de respuesta a las diversas situaciones de muy distinta naturaleza que se producirán. El instrumento adecuado se considera la sociedad mercantil bajo la forma anónima en cuyo capital, y en su día, podrían integrarse los distintos agentes sociales. El Estatuto de Autonomía de Aragón en su artículo 57 atribuye competencias a la Diputación General de Aragón para el fomento del desarrollo y modernización económica y social y para su ejecución podrá, entre otros medios, constituir empresas públicas o mixtas que estimulen la actividad económica aragonesa. Por todo ello, de conformidad con los artículos 7 de la Ley 4/1986, de 4 de junio, de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón y 73 de la Ley 5/1987, de 2 de abril, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 26 de mayo de 1992.

DISPONGO:

Artículo 1.Se aprueba la constitución de la empresa Sociedad Aragonesa de Tecnologías Aplicadas, S. A...

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