ORDEN de 8 de julio de 2013, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de carácter sanitario para el año 2013.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Mediante Orden de 3 de abril de 2013, del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Familia ("Boletín Oficial de Aragón", núm. 71, de 12 de abril de 2013), se realiza la convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para proyectos de carácter sanitario para el año 2013, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 209/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de salud y consumo.

La Dirección General de Calidad y Atención al Usuario es la encargada de la instrucción del expediente que corresponde a la mencionada convocatoria. Con fecha 29 de mayo de 2013 se reunió la Comisión de Valoración prevista en el artículo 24 del citado Decreto, para llevar a cabo la evaluación de las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en la convocatoria, en la que se establecen las siguientes actuaciones subvencionables:

  1. Promover el uso responsable del Sistema Sanitario.

  2. Formación y asesoramiento dirigidos a pacientes, familiares y/o personas de apoyo, relacionados con los cuidados que incidan, favorablemente en la evolución y pronóstico de la enfermedad.

  3. Favorecer la difusión de información de calidad en relación con la salud o/y el Sistema Sanitario.

  4. Apoyar a personas en riesgo de exclusión evitando cualquier forma de discriminación en salud.

  5. Contribuir al conocimiento de los derechos y deberes en relación con la salud, a la sostenibilidad del Sistema Sanitario y a la accesibilidad al mismo.

  6. Promover la participación de organizaciones representativas de pacientes/ciudadanos en el Sistema Sanitario.

  7. Fomentar el desarrollo de proyectos realizados en colaboración de varias asociaciones o entidades.

    La adjudicación de las ayudas se ha realizado de acuerdo con los criterios establecidos en el art. 25 del Decreto 209/2006 del Gobierno de Aragón, por el que se determinan las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de salud y consumo:

  8. Proyecto y actividades: pertinencia y oportunidad del mismo; continuidad, en su caso, de actividades similares subvencionadas por el Departamento de Salud y Consumo; carácter innovador del proyecto desde el punto de vista de sus objetivos, destinatarios, de la metodología o de los procesos de participación.

  9. Objetivos generales y específicos de la actividad: definición precisa y coherente de los objetivos. Cronograma de actividades, calendario de seguimiento y de...

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