ORDEN de 16 de enero de 2013, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se establece el modelo para el registro de la información sobre el uso de los productos fitosanitarios por parte de los titulares de explotaciones agrarias.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo previsto en la Orden APA/326/2007, de 9 de febrero, por la que se establecen las obligaciones de los titulares de explotaciones agrícolas y forestales en materia de registro de la información sobre el uso de productos fitosanitarios; mediante Orden de 27 de abril de 2007, del Departamento de Agricultura y Alimentación, se aprobó en la Comunidad Autónoma de Aragón el modelo de registro de datos de la explotación que debían utilizar los agricultores que utilizasen productos fitosanitarios y otros plaguicidas para la protección de cosechas destinadas a ser consumidas como piensos o alimentos.

El Reglamento (CE) n.º 1107/2009, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo, y la Directiva 2009/128/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas, han modificado profundamente la normativa antes vigente en materia de comercialización y utilización de productos fitosanitarios, incorporando los postulados de la estrategia para el uso sostenible de plaguicidas y atendiendo a lo establecido en el VI Programa Comunitario de Acción Medioambiental.

Con el fin de asegurar en la aplicación de los productos fitosanitarios la reducción de riesgos y efectos en la salud humana y el medio ambiente se ha aprobado el Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, cuyo artículo 16 obliga a partir del 1 de enero de 2013 a que las explotaciones agrarias mantengan actualizado el registro de tratamientos fitosanitarios, que recibe la denominación de "cuaderno de explotación", con la información especificada en la Parte I de su anexo III.

El marco normativo se completa con las previsiones de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, en materias como la comercialización y utilización de productos fitosanitarios.

Las nuevas exigencias e importantes novedades que ha supuesto la aprobación del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, hacen que sea necesaria la aprobación de un modelo de registro de datos de las explotaciones que recoja la...

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