ORDEN de 10 de junio de 1999, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Sabiñánigo (Huesca), para concertar un préstamo con el Banco de Crédito Local de España, S. A., por un importe de 198.487.033 pesetas, con destino a financiar inversiones incluidas en el...

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyOrden

ORDEN de 10 de junio de 1999, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Sabiñánigo (Huesca), para concertar un préstamo con el Banco de Crédito Local de España, S. A., por un importe de 198.487.033 pesetas, con destino a financiar inversiones incluidas en el presupuesto de 1999.

Examinado el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Sabiñánigo para concertar una operación de crédito. Resultando que dicho Ayuntamiento, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 27 de mayo de 1999, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, adoptó el acuerdo de aprobar la contratación de un préstamo a largo plazo con el Banco de Crédito Local de España, S. A., por un importe de 198.487.033 pesetas, con destino a financiar inversiones incluidas en el Presupuesto de 1999. Dicho Ayuntamiento dispone de presupuesto aprobado para el ejercicio en curso de 1999, cumpliendo lo preceptuado en el artículo 51 de la Ley 39/1998, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales (LRHL), en su nueva redacción dada por la Ley 50/1998, de 30 de diciembre de 1998, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (MFAOS). El Presupuesto Municipal de 1999, en el que figura esta operación de crédito, fue expuesto al público en el "Boletín Oficial de la Provincia de Huesca" número 42, del día 22 de febrero de 1999, sin que se presentase reclamación alguna, según consta en el expediente. Resultando que el ahorro neto del Ayuntamiento, conforme al artículo 54.1 de la Ley 39/1998, en su redacción de la Ley 50/1998, representa el -0,58% sobre los ingresos corrientes liquidados del Presupuesto de 1998, último liquidado, según cálculo efectuado por dicho Ayuntamiento, siendo, por lo tanto de signo negativo. Resultando que el volumen total del capital vivo de las operaciones de crédito vigentes a corto y largo plazo excede del 110% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio de 1998, siendo el 152,83% sobre los mentados recursos, según cálculo realizado por dicho Ayuntamiento, conforme al artículo 54.2 de la LRHL en su redacción de la Ley 50/1998, de MFAOS. Considerando que el Ayuntamiento de Sabiñánigo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 al 56 de la Ley 39/1988 (LRHL), modificada por Ley 13/1996 (MFAOS), puede concertar operaciones de crédito a largo plazo para financiar inversiones, pero necesita autorización al exceder del 110 por...

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