DECRETO 102/1984, de 17 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece una convocatoria para la computabilidad de valores de renta fija en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro con sede social en Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA Y HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 102/1984, de 17 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se establece una convocatoria para la computabilidad de valores de renta fija en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro con sede social en Aragón.

El Decreto 103/1983, de 1 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulaba los criterios y el procedimiento a seguir para declarar la aptitud de valores de renta fija en orden a su computabilidad en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 2.869/1980, de 30 de diciembre, y en relación a las competencias asumidas que se señalan en su Decreto 93/1983, de 25 de octubre.

Teniendo en cuenta que la consecución de los objetivos contenidos en la política económica de la Comunidad Autónoma se posibilita mediante la asignación de una parte de los recursos financieros que se generan en Aragón a la financiación de las emisiones de obligaciones de empresas que supongan inversiones a realizar en este territorio, resulta oportuno establecer una nueva convocatoria que siga las líneas generales marcadas en el citado Decreto 103/1983. En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Diputación General de Aragón en su reunión del día 17 de diciembre de 1984, D I S P O N G O Articulo primero.-El objeto de este Decreto es establecer una nueva convocatoria abierta a las Sociedades Anónimas y demás Entidades públicas o privadas, para la declaración de computabilidad de sus emisiones de valores de renta fija en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro con sede social en Aragón.

Artículo segundo.-Las emisiones de valores de renta fija que se destinen a la realización de inversiones en Aragón podrán ser computadas en el coeficiente de fondos públicos de las Cajas de Ahorro con sede social en la Comunidad Autónoma cuando a través de ellas se persigan los siguientes objetivos: 1. Creación de puestos de trabajo. 2. Contribución al logro de un mayor grado de equilibrio territorial en Aragón. 3. Incremento de la productividad y, por tanto, de la competitividad de las empresas a través, fundamentalmente, de la introducción de innovaciones tecnológicas. 4. Desarrollo de los sectores exportadores. Dentro de cada uno de estos objetivos se dará preferencia a las inversiones que se lleven a cabo en las comarcas que se consideren de actuación preferente por la Diputación General de Aragón.

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