DECRETO 89/1984, de 29 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se crean las Comisiones de Ayuda Familiar de los Departamentos y Delegaciones Territoriales.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 89/1984, de 29 de noviembre, de la DiputaciÛn General de AragÛn, por el que se crean las Comisiones de Ayuda Familiar de los Departamentos y Delegaciones Territoriales.

††† La transferencia de gran parte de los servicios de la AdministraciÛn perifÈrica del Estado a la AdministraciÛn de la Comunidad AutÛnoma, con sus efectivos de personal, plantea, entre otras, la cuestiÛn del funcionamiento de las Comisiones de Ayuda Familiar y de la conveniencia de constituir las propias de la DiputaciÛn General de AragÛn para recoger, con respecto a dicho personal, las funciones que desempeÒaban las anteriores. A tal efecto, y considerado el volumen de los efectivos actuales, parece lo m·s adecuado constituir en cada Departamento una ComisiÛn de Ayuda Familiar para el personal funcionario adscrito al mismo y destinado en sus Servicios Centrales y en los Provinciales de Zaragoza, mientras que el personal funcionario con destino en los Servicios Provinciales de Huesca y Teruel quedar· incluido a estos efectos en la ComisiÛn de Ayuda Familiar de la respectiva DelegaciÛn Territorial.

††† En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberaciÛn de la DiputaciÛn General de AragÛn en su reuniÛn de 29 de noviembre de 1984, DISPONGO ArtÌculo primero.-Dentro del plazo de diez dÌas a partir de la entrada en vigor de este Decreto se proceder· a constituir en cada Departamento una ComisiÛn de Ayuda Familiar.

††† ArtÌculo segundo.-La ComisiÛn de Ayuda Familiar de cada Departamento estar· compuesta por el respectivo Secretario General como Presidente, y por dos vocales designados por el Consejero entre los funcionarios adscritos a aquÈl, uno de los cuales ejercer·las funciones de Secretario de la ComisiÛn.

††† ArtÌculo tercero.-Cada ComisiÛn de Ayuda Familiar desarrollar· las funciones propias con relaciÛn al personal funcionario adscrito al respectivo Departamento con destino en sus Servicios Centrales y en los...

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