DECRETO 60/1986, de 4 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las Comisiones Administrativas de Coordinación con las Diputaciones Provinciales.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 60/1986, de 4 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan las Comisiones Administrativas de Coordinación con las Diputaciones Provinciales.

La Ley 8/1985, de 20 de diciembre, reguladora de las relaciones entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las Diputaciones Provinciales de su territorio prevé en su artículo 5. la creación de Comisiones Administrativas que faciliten la coordinación entre la Administración de la Comunidad Autónoma y cada una de las Diputaciones Provinciales.

La necesidad de prever órganos de relación entre la Administración de la Comunidad Autónoma y las Diputaciones Provinciales viene fundada en evidentes razones de interés público. La existencia de numerosos ámbitos de competencias concurrentes en tanto se completa el desarrollo del nuevo diseño competencial previsto por el Estatuto de Autonomía de Aragón y la Ley 7/1985, de 2 de abril, obliga a que la acción administrativa tenga en cuenta una visión global de los mismos y se imponga una coordinación de esfuerzos si quiere obtener los máximos niveles de economía y eficacia en su actuación dentro del mismo territorio. Por eso mismo se convierte en una exigencia insoslayable esa coordinación, aunque voluntaria y no imperativa en cuanto respetuosa con los ámbitos competenciales vigentes en cada momento, y la consecución de acuerdos de colaboración en aras del interés general de los administrados.

Con ese fin las Comisiones que se crean facilitarán el conocimiento mutuo de las previsiones de las distintas administraciones en cada uno de sus ámbitos de actuación, de modo que puedan elaborarse propuestas de acuerdos y convenios dirigidos a mejorar la rentabilidad y eficacia de los diferentes Planes y Proyectos y a configurar una política común y complementaria de acciones sobre el territorio de la Comunidad Autónoma.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y previa deliberación de la Diputación General en su reunión de 4 de junio de 1986.

DISPONGO:

Artículo primero.-Conforme a lo dispuesto en el artículo quinto de la Ley 8/1985, de 20 de diciembre, reguladora de las relaciones entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las Diputaciones Provinciales de su territorio, la coordinación entre la Administración de la Comunidad Autónoma y cada una de las Diputaciones Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza en aquellas materias sobre las que desarrollan en la actualidad competencias concurrentes se...

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