DECRETO 161/2000, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión de Comunicación Institucional.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 161/2000, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea la Comisión de Comunicación Institucional.

El artículo 40. 4 de la Ley 11/96, de 30 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón establece la posibilidad de crear órganos administrativos de carácter interdepartamental para la coordinación administrativa.

Con base en esta norma, por el presente Decreto se viene a crear la Comisión de Comunicación Institucional con la finalidad de coordinar la acción de los distintos Departamentos y Organismos Públicos en materia de publicidad.

A la actividad publicitaria destina la Administración de la Comunidad Autónoma y sus organismos públicos un volumen importante de recursos económicos para dar cumplimiento, en unos casos, a obligaciones jurídicas impuestas en diversos procedimientos y, en otros, para divulgar o promocionar aspectos de la propia actividad institucional y de los servicios públicos o de sectores sociales o productivos que si bien no son actuaciones de naturaleza obligatoria, contribuyen a crear un valor de carácter inmaterial de nuestra Comunidad Autónoma.

El presente Decreto pretende, a través de la Comisión que se crea, una utilización eficaz y eficiente de los recursos económicos destinados por el Gobierno de Aragón a servicios publicitarios, así como la coordinación y homogeneización de los mensajes publicitarios.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 26 de julio de 2000, DISPONGO:

Artículo 1.--Creación y objetivos.

1. Se crea la Comisión de Comunicación Institucional, como órgano colegiado de carácter interdepartamental, con el fin de promover y garantizar la racionalización del gasto público, así como la coordinación entre los distintos Departamentos en relación con la política de comunicación del Gobierno de Aragón.

2. La Comisión se adscribe a la Presidencia del Gobierno de Aragón, cuya Secretaría General Técnica prestará a la Comisión el apoyo administrativo y de gestión preciso para el cumplimiento y seguimiento de los criterios establecidos y de los acuerdos adoptados.

Artículo 2.--Composición.

1. La Comisión de Comunicación Institucional estará presidida por el Presidente y formarán parte de ella los Consejeros de Presidencia y Relaciones Institucionales y de Economía, Hacienda y Empleo, el Secretario General Técnico de la Presidencia, los Secretarios Generales Técnicos de los Departamentos, el Director del Gabinete de Comunicación y el Jefe de la Oficina del Portavoz.

2. Será Secretario de la Comisión el Jefe de Servicio de Asuntos Administrativos de la Presidencia.

Artículo 3.--Competencias.

1. La Comisión de Comunicación Institucional conocerá de todos los aspectos relativos a la Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón y, en concreto, definirá la política sobre las siguientes actividades de comunicación: a) La publicidad y el patrocinio.

b) La identidad gráfica corporativa.

c) La cartelería o...

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