DECRETO 137/2005, de 5 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea un Colegio de Educación Infantil y Primaria en Zaragoza (Montecanal).

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 137/2005, de 5 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se crea un Colegio de Educación Infantil y Primaria en Zaragoza (Montecanal).

El artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que «La creación y supresión de Centros públicos se efectuará por el Gobierno o por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente en el ámbito de sus respectivas competencias».

El artículo 36.1 del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por la Ley Orgánica 8/82, de 10 de agosto, y posteriormente modificado por las Leyes Orgánicas 6/94, de 24 de marzo y 5/96, de 30 de diciembre, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

Efectuado el traspaso de funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón mediante el Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre, corresponde a la Administración autonómica la creación de los centros públicos de educación no universitaria.

Del análisis de los datos de escolarización de la Educación Infantil y Primaria y de la previsión de necesidades, se desprende un aumento de la demanda de puestos escolares debido al incremento demográfico motivado por los nuevos barrios de la ciudad de Zaragoza, como es el caso de la zona de Montecanal y Valdespartera. Con el fin de dar una respuesta adecuada a dicha demanda, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte ha propuesto la creación de un nuevo centro educativo para dichos niveles en la red de centros públicos dependiente de dicho Departamento.

El procedimiento de creación de este centro, iniciado de oficio, se ha tramitado de acuerdo con el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la citada Ley Orgánica 10/2002; el Reglamento Orgánico de las Escuelas de...

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