DECRETO 72/1987, de 9 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la clasificación y señalización de las carreteras gestionadas por la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE URBANISMO OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 72/1987, de 9 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula la clasificación y señalización de las carreteras gestionadas por la Comunidad Autónoma de Aragón.

El art. 35.1.6ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, con base en el 148.1.5ª de la Constitución, otorga a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de carreteras y caminos cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en su territorio.

En el ejercicio de dicha exclusiva competencia corresponde a esta Comunidad Autónoma, sobre la mencionada materia, además de la potestad legislativa, la reglamentaria y la función ejecutiva, según se determina en el art. 35.2 del Estatuto de Autonomía.

Congruentemente con los superiores preceptos citados por Real Decreto 718/1984, de 8 de febrero (BOE n 89, de fecha 13 de abril de 1984) fueron transferidas por la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón las carreteras nominalmente relacionadas en un anexo del Real-Decreto, su administración y gestión, las funciones que la Ley 51/74, de Carreteras, atribuye a los Organos de Administración del Estado en relación con las carreteras de titularidad autonómica, provincial y municipal, y la facultad de proyectar, construir, conservar y explotar nuevas carreteras de interés autonómico. Y fueron transferidas las carreteras bajo las respectivas claves nominativas que en su día les habían sido asignadas por el Real Decreto 2.850/1977, de 23 de julio (B.O.E. n 277, de fecha 19 de noviembre de 1977).

Desde que virtualizó dicha transferencia, el objetivo común de una racional coordinación interregional de las singularidades distintivas de cada territorio autónomo ha motivado la sucesiva participación de técnicos de la Dirección General de Carreteras y Transportes en varias reuniones intercomunitarias, celebradas para unificar criterios en cuanto a la señalización que debe hacerse en todas y cada una de las carreteras respectivas, gestionadas por las Comunidades Autónomas o encomendadas a su competencia.

Por otra parte la Diputación General adoptó el Acuerdo, con fecha 12 de febrero de 1987, por el que se aprueba el documento-avance del Plan Regional de Carreteras de Aragón, en el que, en base a un criterio de accesibilidad comarcal, se fijan, en principio, las redes viarias clasificatorias de las carreteras de gestión autonómica.

Por último inciden análogos fundamentos a los expuestos en el preámbulo del Real-Decreto 2.850/1977, de 23 de julio...

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