DECRETO 226/1999, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, sobre atribución de competencias al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en materia de menores, tiempo libre y familias numerosas.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 226/1999, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón, sobre atribución de competencias al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en materia de menores, tiempo libre y familias numerosas.

El artículo 35.1. del Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de asistencia, bienestar social y desarrollo comunitario (26ª) y en materia de protección y tutela de menores (28ª). La Ley 4/1987, de 25 de marzo, de Ordenación de la Acción Social, consolida un auténtico sistema integrado de derechos sociales, bajo responsabilidad pública y de carácter descentralizador, que facilita una efectiva participación de los ciudadanos aragoneses.

La propia ley enumera los principios básicos a los que deben ajustarse las actuaciones en materia social: responsabilidad pública, universalidad, planificación, descentralización, normalización, participación democrática, solidaridad y globalidad del bienestar personal y social. Al objeto de poder hacer efectivos estos derechos, las Cortes Aragonesas aprobaron y crearon el Instituto Aragonés de Servicios Sociales, mediante la Ley 4/1996, de 22 de mayo, instrumento jurídico que permitió la integración de centros y servicios adscritos a la Dirección General de Bienestar Social, excepto las materias relativas a menores, tiempo libre y familias numerosas, que continuaron residenciadas en la citada Dirección General. Por Decreto de 4 de agosto de 1999, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, se estableció la nueva organización departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y el Decreto 100/1999, de 3 de septiembre, del Gobierno de Aragón, desarrolló la estructura básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. En esta nueva organización administrativa desaparece la Dirección General de Bienestar Social. En desarrollo del mencionado Decreto, por el Gobierno de Aragón se aprobó el Decreto 201/1999, de 2 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo y en su Disposición Adicional Sexta se señala que las competencias que no se adscriban a la Dirección General de Ordenación, Planificación y Evaluación, pasarán a integrarse en el Instituto Aragonés de Servicios Sociales. Con esta atribución de competencias de funciones y servicios del Departamento al Organismo Autónomo se descentraliza la gestión en esta materia, esperando obtener un mejor...

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