DECRETO 199/1991, de 26 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el yacimiento arqueológico sito en el Cabezo de 'El Convento', en el municipio de Mallén, provincia de Zaragoza.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 199/1991, de 26 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el yacimiento arqueológico sito en el Cabezo de "El Convento", en el municipio de Mallén, provincia de Zaragoza.

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Educación de la Diputación General de Aragón, en 6 de abril de 1990, incoó expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica a favor del yacimiento arqueológico ubicado en el Cabezo de "El Convento", en Mallén (Zaragoza).

El Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, por acuerdo de 11 de septiembre de 1990, ha estimado que procede declarar Bien de Interés Cultural dicho yacimiento, con la categoría de Zona Arqueológica, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 14, del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, ha instado del Gobierno dicha declaración. A tal efecto, ha comunicado al Ministerio de Cultura que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste con los datos y documentos gráficos requeridos legalmente.

El Ministerio de Cultura, posteriormente, con fecha 7 de marzo de 1991, ha comunicado a la Comunidad Autónoma de Aragón, que devuelve a ésta el presente expediente, para su resolución, como consecuencia de la interpretación expuesta en la Sentencia 17/1991, de 31 de enero, del Tribunal Constitucional, según la cual corresponde a cada Comunidad Autónoma, en casos como el presente, la competencia para emitir su declaración formal.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 9.2 y 14.2 de la Ley 16/1985, el artículo 15 del Real Decreto 111/1986; y a la vista de la sentencia 17/1991, del Tribunal Constitucional, a propuesta del Consejero de Cultura y Educación, previa deliberación, el Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 26 de noviembre de 1991, dispongo:

Artículo 1º. Se declara Bien de Interés...

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