DECRETO 154/1996, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 154/1996, de 26 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El Decreto 130/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo noveno crea el "Comité de Ordenación Sanitaria", que bajo la Presidencia del Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud tiene como finalidad proceder a la revisión anual del Mapa Sanitario, en virtud de las alegaciones recibidas durante el transcurso del año.

Reunido el citado Comité de Ordenación Sanitaria el día 21 de diciembre de 1995, examinadas todas las alegaciones presentadas, se levantó la correspondiente acta. De las conclusiones obtenidas se deduce la necesidad de modificar el Mapa Sanitario de Aragón, a cuyos efectos, por el Servicio Aragonés de Salud, se eleva informe y propuesta al Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 26 de julio de 1996.

DISPONGO:

Artículo único.--Queda modificado el anexo único del Decreto 130/1986, por el que se aprueba el Mapa Sanitario de la Comunidad Autónoma de Aragón, en los términos siguientes: 1º. La Zona de Salud de Biescas pasa a denominarse Zona de Salud de Biescas-Valle de Tena.

2º. La Zona de Salud de Teruel se desdobla en dos. Las resultantes son la Zona de Salud de Teruel Urbano que comprende la ciudad de Teruel, y la Zona de Salud de Teruel Rural que comprende el resto de las localidades de la antigua Zona de Salud.

3º. Se modifican los límites de las Zonas de Salud de Valdefierro (Zona Urbana número 29 de Zaragoza capital), Casablanca (Zona Urbana número 21 de Zaragoza capital) y Univérsitas (Zona Urbana número 27 de Zaragoza capital) quedando determinados del siguiente modo:

Uno.--La zona de salud de Casablanca queda demarcada de la siguiente manera: Su límite este queda determinado por el tramo de la Vía de la Hispanidad comprendido entre el final de la avenida de Gómez Laguna y la Vía Ibérica, por la que continúa hasta el Canal Imperial de Aragón, siguiendo por su curso y dejando abierto su perímetro hacia el sur. Por el norte, su límite comienza en la Vía de la Hispanidad y sigue por el camino de los Depósitos, continuando hasta la línea de ferrocarril Zaragoza-Valencia por la que sigue en dirección...

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