DECRETO 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Fecha de Entrada en Vigor24 de Febrero de 2009
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION, CULTURAY DEPORTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 18/2009, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

El Decreto de 6 de julio de 2007, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, modifica la organización en Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma, manteniendo en su artículo primero el Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Posteriormente, el Decreto 112/2007, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, determinando los órganos directivos de cada Departamento. Este Decreto, en su Disposición Final Primera, establece que el Gobierno de Aragón a propuesta del Vicepresidente y de cada Consejero aprobará mediante Decreto las normas de desarrollo de la estructura orgánica establecida por dicha disposición, así como las de redistribución de competencias entre los distintos órganos administrativos.

Procede ahora, por tanto, determinar la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de conformidad con lo establecido en la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con una enumeración previa de las competencias generales atribuidas al mismo.

En la estructura orgánica, de acuerdo con lo determinado por el Decreto 112/2007, figura como órgano directivo el Viceconsejero de Educación, Cultura y Deporte, al que se le atribuyen las funciones de dirección y coordinación que, con carácter general, determina el artículo 16 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Además de estas funciones se le atribuye la facultad de coordinación de la política del libro en toda su extensión teniendo en cuenta; por un lado, que la Ley Orgánica 2/2006, de 23 de diciembre, de Educación establece como mandato a los poderes públicos una atención prioritaria a los que considera factores de calidad de la enseñanza y, entre ellos, destaca el fomento de la lectura y el uso de las bibliotecas; y por otro la trascendencia de estos factores, además de lo propiamente educativo, en lo cultural, lo que exige que en este aspecto la gestión de ambas materias, educación y cultura, se lleve a cabo de forma que garantice la necesaria coordinación.

La Secretaría General Técnica, junto al Servicio de Régimen Económico y Asuntos Generales, al Servicio de Régimen Jurídico y Coordinación Administrativa y a la Gerencia de Infraestructuras, se dota de un nuevo Servicio de Sistemas Informáticos y Telecomunicaciones cuya necesidad viene impuesta por la cantidad, volumen y complejidad del equipamiento informático y de las aplicaciones existentes así como la demanda continua de nuevos servicios por las distintas unidades del Departamento y las necesidades derivadas de la puesta en marcha de los servicios electrónicos en materia educativa.

Por otra parte se incorporan a este órgano directivo las funciones en relación con la Inspección de Educación, para lo que se crea el puesto de Dirección de la Inspección dependiendo directamente de la Secretaría General Técnica del Departamento.

La Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente agrupa dos Servicios que, conforme a su denominación, vienen ocupándose de funciones correspondientes a sus respectivos ámbitos, incorporándose el puesto de Director de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón, regulado por el Decreto 26/1985 de 8 de febrero del Gobierno de Aragón. Esta Dirección General continuará realizando las actuaciones necesarias para conseguir un sistema integrado de cualificaciones y formación profesional.

La Dirección General de Administración Educativa se estructura en los Servicios de Centros Docentes, que agrupa la gestión tanto de centros públicos como privados, de Recursos y Promoción Educativa, con todas las funciones relacionadas directamente con los alumnos del sistema educativo, y de Régimen Jurídico de los Centros y Registro, al que corresponden los aspectos relacionados con el régimen jurídico de los Centros Públicos y Privados así como la gestión del registro de centros docentes.

La Dirección General de Gestión de Personal, cuenta con el Servicio de Personal de Administración y Servicios, al que le corresponden las funciones de gestión de personal no docente del Departamento atribuidas a éste, el Servicio de Gestión de Personal Docente y Salud Laboral, al que le corresponde la gestión del personal docente así como la prevención de riesgos laborales del personal del Departamento; y el Servicio de Relaciones Jurídicas y Control Presupuestario, encargado, entre otras funciones, del régimen jurídico del personal, del control de la nómina y demás pagos al personal procedente así como la ordenación del proceso de elecciones sindicales y negociación colectiva.

La Dirección General de Política Educativa se estructura en tres servicios, Servicio de Planificación y Participación educativa, Servicio de Innovación y Ordenación y Servicio de Equidad y Evaluación, a los que se encomienda distintas funciones relacionadas con la formulación de criterios y directrices pedagógicas de todo tipo, incluida la educación en la sociedad de la información y el conocimiento, la participación de los distintos sectores de la comunidad educativa y los programas de alumnos, la planificación de reformas educativas, la ordenación académica y el desarrollo curricular, el aprendizaje de lenguas extranjeras, la innovación educativa y los programas de atención a la diversidad y de educación democrática, junto a la evaluación del sistema educativo y la promoción de la coordinación con otras administraciones públicas y entidades sociales.

La Dirección General de Cultura cuenta con los servicios de Cooperación Cultural, al que le corresponde la gestión de los programas culturales y en general, las actividades de promoción, desarrollo y difusión de la cultura aragonesa; del Libro y las Bibliotecas encargado de la gestión en materia de patrimonio bibliográfico, política del libro y gestión de bibliotecas; y de Fomento de las Artes y la Cultura, que se encarga de la atención sectorializada a todos los profesionales de la cultura aragonesa que desarrollan su actividad en la Comunidad Autónoma.

En la Dirección General de Patrimonio Cultural se integran los tradicionales servicios de Prevención y Protección del Patrimonio Cultural, de Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural y de Investigación y Difusión del Patrimonio Cultural.

La Dirección General del Deporte tiene adscritos los Servicios de Deporte Federado y Tecnificación, que desarrolla las competencias en materia de promoción del deporte y Servicio de Extensión del Deporte, encargado de las infraestructuras deportivas y equipamiento y gestiona, entre otros, los grandes eventos deportivos.

Con la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, se pretende adecuar la organización y funcionamiento a los principios establecidos por la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con especial atención a los de economía y simplicidad y claridad en la organización, eficacia y eficiencia en el funcionamiento, de forma que se asegure el servicio efectivo y el acercamiento de la Administración a los ciudadanos.

En su virtud, a iniciativa de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte y a propuesta de los Consejeros de Presidencia y de Economía, Hacienda y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 10 de febrero de 2009,

DISPONGO:

Artículo 1 Competencias generales del Departamento.

Corresponde...

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