DECRETO 140/1985, de 6 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea el Registro de Asociaciones Culturales, Fundaciones Culturales y Entidades análogas cuyas actividades básicas y principales no rebasen el ámbito territorial de Aragón.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE CULTURA Y EDUCACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 140/1985, de 6 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea el Registro de Asociaciones Culturales, Fundaciones Culturales y Entidades análogas cuyas actividades básicas y principales no rebasen el ámbito territorial de Aragón.

El artículo 35, uno, apartado 23, del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de cultura, con especial referencia a las manifestaciones peculiares de Aragón.

Por Real Decreto 3065/1983, de 5 de octubre, sobre traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de cultura, se transfieren a ésta, entre otras funciones, las que venia ejerciendo el Ministerio de Cultura en materia de Fundaciones y Asociaciones Culturales, siempre que éstas no rebasen en sus actividades básicas las principales el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma.

El desarrollo de lo dispuesto en las normas anteriores, así como la adecuación a los principios que la Constitución de 1978 ha introducido en el régimen jurídico de las Asociaciones y Fundaciones, exigiría la regulación por Ley de estas instituciones. Sin embargo, el fomento del asociacionismo y el de la dedicación de capitales privados para la realización de fines de interés cultural general que colaboren con los poderes públicos aragoneses no puede esperar a que se produzca aquella regulación legal.

El cumplimiento de estos fines exige, por tanto, dar contenido a las competencias que la Comunidad Autónoma de Aragón ha asumido en materia de Fundaciones y Asociaciones culturales, lo cual implica la creación de un Registro en el que se inscriban las Fundaciones y Asociaciones culturales de nueva creación, así como las ya constituidas e inscritas en otros Registros, y cuyas actividades básicas y principales no rebasen, en ambos casos, el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Cultura y Educación, y previa deliberación de la Diputación General en su reunión del día 6 de noviembre de mil novecientos ochenta y cinco.

DISPONGO Artículo primero.-Dependiente del Departamento de Cultura y Educación se crea el Registro de Asociaciones Culturales, Fundaciones Culturales y Entidades análogas cuyas actividades básicas y principales no rebasen el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Artículo segundo.-Deberán inscribirse...

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