DECRETO 112/2008, de 12 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se amplían los servicios esenciales en determinadas actividades como consecuencia de la huelga de los trabajadores del sector de limpieza de edificios y locales de la provincia de Zaragoza.

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorPresidencia del Gobierno de Aragon
Rango de LeyDecreto

DECRETO 112/2008, de 12 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se amplían los servicios esenciales en determinadas actividades como consecuencia de la huelga de los trabajadores del sector de limpieza de edificios y locales de la provincia de Zaragoza.

Con fecha de 5 de junio se ha iniciado la huelga de los trabajadores del sector de limpieza de edificios y locales de la provincia de Zaragoza, cuya duración tiene carácter indefinido, y está motivada por la negociación del convenio colectivo provincial del sector. Con fecha de 4 de junio del 2008, se publicó en el «Boletín Oficial de Aragón», el Decreto 110/ 2008, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establecieron los servicios esenciales mínimos que podían ser afectados como consecuencia de la huelga, de acuerdo con el artículo 10.2 del Decreto-Ley 17/ 1977, de 4 de marzo. En el Preámbulo de dicho Decreto, se preveía la modificación de los servicios inicialmente fijados en función de las circunstancias concurrentes. Por ello, se hace necesario la ampliación de estos servicios mínimos esenciales debido a la inauguración de la Exposición Internacional de Zaragoza 2008, el día 13 de junio de 2008, y la afluencia masiva de visitantes a la ciudad desde ese día hasta el día 14 de septiembre. Esta masiva afluencia prevista de visitantes de fuera de Zaragoza, y las 93.000 personas, entre trabajadores y personas, que de media van a estar presentes en el recinto de la Exposición Internacional obligan a su ampliación. Asimismo, se han detectado servicios que deberían haberse contemplado en el anterior Decreto, y no fueron establecidos.

Por todo ello, y con el objeto de garantizar una prestación adecuada de los servicios esenciales de la comunidad, se amplían los servicios, ya establecidos en el Decreto 110/ 2008, de 3 de junio, y se incorporan otros que no se contemplaron en el anterior Decreto, cuya justificación se concreta en:

*Universidad, como institución en la que se desarrollan actividades hospitalarias, biomédicas o residenciales, susceptibles de necesitar atenciones higiénico sanitarias, así como otras que por el número de personas y concentración de uso de instalaciones deben mantenerse en condiciones adecuadas, obligan al establecimiento de servicios esenciales mínimos.

*Exposición Internacional Zaragoza 2008, como...

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