RESOLUCION de 17 de abril de 1990, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Alcorisa (Teruel) para concertar un préstamo con la Caja de Cooperación de la Diputación Provincial de Teruel, por un importe de 4.000.000 de pesetas, con destino a obras de mejora de vías...

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 17 de abril de 1990, de la Dirección General de Administración Local, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Alcorisa (Teruel) para concertar un préstamo con la Caja de Cooperación de la Diputación Provincial de Teruel, por un importe de 4.000.000 de pesetas, con destino a obras de mejora de vías urbanas y amortización de préstamo anterior con la Diputación Provincial.

Examinado el expediente tramitado por el Ayuntamiento de Alcorisa para concertar una operación de crédito.

RESULTANDO que dicho Ayuntamiento, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 8 de enero de 1990, con el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de sus miembros, adoptó el acuerdo de aprobar la contratación de un préstamo con la Caja de Cooperación de la Diputación Provincial de Teruel, por importe de 4.000.000 de pesetas, con destino a obras de mejora de vías urbanas y amortización de préstamo anterior con la Diputación Provincial.

El Presupuesto en el que figura dicha operación fue sometido a información pública por un plazo de quince días mediante anuncio publicado en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Teruel del día 16 de marzo de 1990, sin que se presentara reclamación alguna.

RESULTANDO que la cuantía de dicho préstamo rebasa el 5 por 100 de los recursos liquidados por operaciones corrientes de la última liquidación practicada y que la carga financiera del Ayuntamiento de Alcorisa, que asciende a 20.819.458 pesetas, es asumible con sus recursos por operaciones corrientes que ascienden a 99.019.813 pesetas.

CONSIDERANDO que las Entidades locales pueden concertar préstamos para financiar inversiones, conforme a lo previsto en los artículos 49 y siguientes de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y que precisa autorización por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 54.3 de la Ley citada.

CONSIDERANDO que, conforme a lo previsto en el artículo 53 del Estatuto de Autonomía de Aragón y artículo 54.2 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, corresponde a la Diputación General de Aragón la autorización de dicha operación de crédito, en ejercicio de su competencia de velar...

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