RESOLUCIÓN núm. 554/2010, de la Alcaldía, de 23 de marzo, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la cobertura de una plaza de Archivero del Ayuntamiento de Jaca.

SecciónII. Autoridades y Personal
EmisorAYUNTAMIENTO DE JACA
Rango de LeyResolución

La Alcaldía-Presidencia por resolución ha acordado convocar Concurso-Oposición para la provisión de una plaza de archivero de la Plantilla de personal funcionario de esta Corporación, aprobando las bases que han de regir el mismo y cuyo contenido es el siguiente:

Primera.-Número, denominación y características de la plaza convocada.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Archivero con las siguientes características:

Denominación de la plaza: Archivero

Número de plazas: 1. Grupo: A1

Escala: Administración Especial Subescala: Técnica. Clase: Técnico Superior

Sistema de provisión: Libre

Segunda.-Requisitos que deben cumplir los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al último día de plazo de presentación de instancias:

  1. Ser español o ciudadano de cualquiera de los países de la Unión Europea.

  2. Tener cumplidos 18 años de edad.

  3. Estar en posesión de la titulación de Licenciado en documentación, licenciado en Filología en todas sus especialidades; Filosofía, Filosofía y Ciencias de la Educación, en todas sus especialidades, licenciado en Filosofía y Letras en todas sus especialidades, Geografía, Geografía e Historia en todas sus especialidades, Historia, Historia del Arte, Historia y Ciencias de la música, Humanidades, Lingüística, Pedagogía, Psicología, Teoría de la Literatura y Literatura comparada, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  4. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, acreditada mediante certificado médico.

  5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

    Tercera.-Solicitudes: Forma y plazo de presentación.

    Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jaca, presentándose en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». En la solicitud los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, y que se comprometen, en caso de ser propuestos para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa de acuerdo con el Real Decreto 707/1979 de 5 de abril. La presente convocatoria se publicará íntegramente en BOP, «Boletín Oficial de Aragón» y tablón de edictos del Ayuntamiento de Jaca.

    A la instancia se acompañará:

  6. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

  7. Resguardo acreditativo de haber abonado los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de 32 euros y se ingresaran en la Caja de la Corporación, bien en metálico, a través de giro postal o telegráfico ó en la C/C 20852358960300123120 de Ibercaja, haciendo constar su objeto en el correspondiente impreso, con las siguientes excepciones:

    . Los aspirantes desempleados presentarán certificado expedido por el INAEM, que justifique esa situación con fecha dentro del plazo de presentación de solicitudes.

    . Los aspirantes perceptores del ingreso Aragonés de Inserción deberán aportar copia compulsada de la resolución de concesión del Ingreso Aragonés de Inserción expedida por el IASS.

    . Los aspirantes miembros de familias numerosa abonarán el 50% de la cuota indicada, aportando dicho justificante además de la copia compulsada del título de familia numerosa.

    . Los aspirantes discapacitados abonarán el 33% de la cuota indicada, aportando dicho justificante además de la copia compulsada del certificado que acredite el grado de minusvalía expedido por el IASS.

    Cuarta.-Admisión de los aspirantes.

    Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, así como la composición del Tribunal. La resolución se publicará en el BOP y tablón de edictos del Ayuntamiento, con expresión del plazo de subsanación de errores que se conceda a los aspirantes, excluidos, y determinando lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios y orden de actuación. Esta publicación será determinante del comienzo de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

    En el supuesto de que no existieran reclamaciones contra la lista publicada, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación.

    Los posteriores anuncios se publicarán en el tablón de edictos de la Corporación.

    Quinta.-Tribunal Calificador.

    El Tribunal Calificador, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 896/91 de 7 de junio, estará constituido de la siguiente forma:

    Presidente: La Secretaria de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

    Vocales: Un funcionario de la D.G.A., un profesor de la Universidad del área de conocimiento de la plaza a cubrir, dos funcionarios de carrera designado por la Alcaldía uno de ellos actuará como Secretario del Tribunal Calificador.

    Con voz pero sin voto podrá asistir un Representante de cada una de las Secciones Sindicales con representación en este Ayuntamiento.

    El Tribunal Calificador no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos tres de sus miembros.

    El Tribunal Calificador podrá requerir en cualquier momento al candidato para que acredite su personalidad. Igualmente la Comisión queda autorizada para resolver las incidencias que se produzcan.

    El Tribunal Calificador que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que corresponde al grupo que se integra la plaza.

    Podrá disponerse la incorporación de asesores especialistas, que colaborarán con el Tribunal en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz pero no voto.

    Sexta.-Proceso de selección

    Sexta: Fase de oposición: Ejercicios de la Oposición: Serán tres de carácter obligatorio.

    Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, durante un plazo máximo de tres horas, dos temas extraídos al azar de entre los integrantes de la parte común del anexo a la convocatoria, teniendo los aspirantes amplia libertad en cuanto a su forma de expresión se refiere.

    Se valorarán especialmente en este ejercicio la formación general universitaria, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

    El Tribunal podrá determinar que este ejercicio sea leído públicamente, pudiendo formular preguntas aquél a los aspirantes, sobre el tema propuesto, durante un período máximo de 15 minutos.

    Segundo ejercicio: Consistirá en responder, por escrito, en un período máximo de 4 horas, a tres temas extraídos al azar de la parte especifica del anexo a la convocatoria, uno de las materias integrantes de la parte A y dos de las materias específicas de la parte B.

    Los opositores deberán leer el ejercicio ante el Tribunal, la lectura tendrá lugar en los días y horas que oportunamente señale el Tribunal, el cual podrá realizar preguntas a los aspirantes, en un período máximo de 15 minutos, sobre el ejercicio que se haya leído.

    Tercer ejercicio: Se desarrollará, por escrito, y consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos:

    Primero: Consistirá en resolver por escrito un supuesto práctico propuesto...

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