DECRETO 248/2008, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se adaptan los procedimientos administrativos competencia del Departamento de Medio Ambiente a las disposiciones del Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón.

Fecha de Entrada en Vigor31 de Diciembre de 2008
SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

DECRETO 248/2008, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se adaptan los procedimientos administrativos competencia del Departamento de Medio Ambiente a las disposiciones del Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón.

Con fecha 30 de octubre de 2008 el Gobierno de Aragón aprobó el Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón. Dicho Decreto Ley tiene como objeto impulsar la actividad económica pública y privada en Aragón a través de reformas en el funcionamiento administrativo para potenciar las inversiones y la creación de empleo en Aragón.

El Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre, dicta varias disposiciones para el impulso de la actividad administrativa, flexibiliza la distribución de competencias e insta a las Administraciones públicas aragonesas a revisar los procedimientos administrativos de su competencia con el fin de minimizar los costes a las empresas y a los ciudadanos durante la gestión administrativa. También incluye, como una disposición de impulso administrativo, la creación de la figura de la declaración responsable que permitirá al empresario iniciar directamente su actividad sin necesidad de contar con las autorizaciones o licencias de la Administración.

En dicho Decreto ley se regulan las inversiones de interés autonómico que se definen como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial de Aragón y que suponen que la inversión y los procedimientos administrativos que conlleve gozarán de tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de trámite de dichos procedimientos.

En virtud de ello, el Gobierno de Aragón, en su reunión de 18 de noviembre de 2008, acordó, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, la declaración de interés autonómico de las inversiones incluidas en Plan Integral de Gestión de Residuos de la Comunidad Autónoma de Aragón (2005-2008) para la implantación de los servicios públicos de gestión de residuos declarados de titularidad autonómica; las actuaciones incluidas en la segunda y en la tercera fase del Plan Especial de Depuración, así como las actuaciones incluidas en el Plan Integral de Depuración del Pirineo Aragonés. Respecto de estas últimas también se procedió a la declaración de urgencia de los expedientes de contratación administrativa derivados de los contratos de concesión de obra pública para acometer las actuaciones incluidas en el Plan Integral de Depuración del Pirineo Aragonés.

La Disposición Adicional Segunda del citado Decreto Ley establece que, en el plazo de un mes, los Departamentos de la Administración autonómica elevarán al Gobierno, para su aprobación mediante decreto, las adaptaciones de los procedimientos de su competencia a las disposiciones establecidas en el mismo y, en su Disposición Final...

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