DECRETO 344/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la compensación de gastos extraordinarios derivados de accidentes de tráfico acaecidos en desplazamientos efectuados por razón de servicio por el personal del Departamento de Educación y Ciencia en las funciones docente e inspectora.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 344/2001, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la compensación de gastos extraordinarios derivados de accidentes de tráfico acaecidos en desplazamientos efectuados por razón de servicio por el personal del Departamento de Educación y Ciencia en las funciones docente e inspectora.

Por Real Decreto 1982/1998, de 18 de septiembre, se aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias prevista en la Disposición Transitoria Sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, por el que se traspasan a esta Comunidad Autónoma las competencias en materia de enseñanza no universitaria con efectos de 1 de enero de mil novecientos noventa y nueve.

Con el fin de garantizar una correcta atención educativa, el personal de numerosos puestos de trabajo cuya finalidad es prestar servicio a la docencia, debe desplazarse para desempeñar su función utilizando su propio vehículo.

El Acuerdo sobre integración del personal transferido, publicado por Orden de 27 de enero de 1999, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, determina que al personal funcionario docente le sean de aplicación las mismas condiciones, incluidas las retributivas, que tenía el 30 de diciembre de 1998.

En este sentido, el Ministerio de Educación y Cultura venía realizando, desde el curso escolar 1994-1995, convocatorias para compensar los daños ocasionados en los vehículos de los funcionarios docentes no universitarios como consecuencia del desempeño de su puesto de trabajo.

Tras la asunción de las competencias en materia de enseñanza no universitaria por esta Comunidad Autónoma, con el objeto de cumplir la obligación de respetar las condiciones anteriores del personal transferido, y en concreto las relativas a compensación de gastos extraordinarios derivados de accidentes de tráfico acaecidos en desplazamientos efectuados por razón de servicio por el personal del Departamento en las funciones Docente e Inspectora, se dictaron la Orden de 29 de noviembre de 1999 del Departamento de Educación y Ciencia y el Decreto 98/2001, de 8 de mayo, del Gobierno de Aragón, de aplicación respectiva para los accidentes acaecidos durante los Cursos 1999/2000 y 2000/2001.

El carácter de permanencia que dichas compensaciones van a tener tras las dos convocatorias realizadas, lleva a la necesidad de regular con carácter permanente las normas básicas que rijan este tipo de prestaciones, para que posteriormente, y en cada curso escolar, se publique la convocatoria correspondiente.

El presente Decreto se divide en diez artículos, una Disposición Derogatoria y dos Disposiciones Finales, estableciéndose el objeto y ámbito subjetivo, la condición de los puestos de trabajo, requisitos y cuantía de las ayudas, convocatorias, ámbito temporal de las mismas, causas sobrevenidas, concesión de las ayudas, composición de la Comisión que examine las solicitudes y finalmente la Resolución.

En cuanto a la competencia para regular esta materia aparece atribuida por el artículo 11 de la Ley...

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