RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la memoria ambiental del Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Artieda (Zaragoza), promovido por el Ayuntamiento de Artieda (N.º Expte: INAGA/500201/71H/2012/3323).

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyResolución

La Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, establece que deberán someterse a procedimiento de evaluación ambiental, con carácter previo a su aprobación, los planes y programas, así como sus revisiones, que puedan tener efectos sobre el medio ambiente, entre los que se encuentran, en el apartado m) del anexo I de la citada ley, Planeamiento Urbanístico General.

La memoria ambiental es el resultado del proceso de evaluación ambiental de planes y programas y se redacta al amparo de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, teniendo por objeto valorar la integración de los aspectos ambientales en el Plan General de Ordenación Urbana, así como, en su caso, incorporar a dicho Plan las determinaciones finales que se consideren convenientes.

El término municipal de Artieda se ubica en la Comarca de la Jacetania, al norte de la provincia de Zaragoza y cuenta con 92 habitantes conforme a datos del Padrón municipal de 2011. La evolución de la población en el municipio ha sido regresiva en los últimos 30 años, si bien el descenso del número de habitantes se produce muy lentamente. De acuerdo con el Corine Land Cover 2000, el 58,6% del término municipal está representado por zonas agrícolas, el 41,0% por zonas forestales con vegetación natural y espacios abiertos y el 0,4% por superficies artificiales.

El término municipal de Artieda se extiende desde el valle del río Aragón al norte, hasta la sierra Nobla y de Peña Musera al sur, presentando una diferencia altitudinal de 500 m. La vegetación natural está representada por los robledales de las sierras exteriores identificados con el hábitat de interés comunitario 9240 "Robledales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis" y que se encuentran bajo la figura de protección del LIC ES2410061 "Sierras de San Juan de la Peña y Peña Oroel". La vegetación de ribera asociada al río Aragón está representada por el hábitat 3240 "Ríos alpinos con vegetación leñosa en sus orillas de Salix eleagnos", siendo este entorno favorable para la presencia de especies de flora catalogada como Ophris riojana, incluida como "sensible a la alteración del hábitat" en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón, que crece en las graveras de las riberas del río Aragón, y Genista teretifolia incluida como "de interés especial", propia de los claros de los bosques de quercíneas.

En cuanto a la avifauna, el municipio es territorio de nidificación de milano real, catalogado como "sensible a la alteración del hábitat", y se encuentra dentro del ámbito de aplicación del Plan de Recuperación del quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), aprobado por el Decreto 45/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, sin que existan puntos de nidificación en la zona.

En cuanto al dominio público forestal se encuentran los Montes de Utilidad Pública n.º 179 "Opaco Cerrado y Abierto" sin deslindar, que incluye parte del casco urbano, y n.º 433 (1031) "Riberas del río Aragón en el término de Artieda", regulados por la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón.

El Plan prevé un modelo de crecimiento compacto clasificándose 2,71 ha de suelo urbano consolidado que corresponden al núcleo histórico y 1,91 ha de suelo urbano no consolidado divididas en 5 unidades de ejecución que se extienden al sur del núcleo y a lo largo de la carretera de acceso. Por otra parte se ha previsto la clasificación de 1,12 ha de suelo urbanizable delimitado para el desarrollo industrial y agrícola, ocupando...

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