DECRETO 66/1997, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 66/1997, de 13 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes.

Por Decreto 13/1996, de 20 de febrero, de la Diputación General de Aragón, se aprobó la estructura orgánica del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, con carácter provisional y a reserva de la reorganización general del conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma. Aprobado el Decreto 81/1996, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se reestructura la Administración Periférica de la Comunidad Autónoma, el acuerdo del Gobierno de Aragón de 10 de septiembre de 1.996, estableció las normas para la reorganización de los Servicios Periféricos de los distintos Departamentos, en base a los principios de descentralización y desconcentración administrativa y contención del gasto, principios de los cuales, en su aplicación práctica, deben derivarse modificación de las estructuras de los Servicios Centrales y de los citados Servicios Periféricos. La Ley 11/96, de 30 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, estructura los Departamentos en Direcciones Generales y Servicios, estableciendo su aprobación mediante Decreto por el Gobierno de Aragón, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales. A estas directrices obedece el contenido del presente Decreto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 13 de mayo de 1997, DISPONGO:

Artículo 1.--Competencia General del Departamento Corresponde al Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes:

a) La gestión integral de las carreteras competencia de la Comunidad Autónoma de Aragón. b) El ejercicio de las competencias y facultades transferidas o delegadas en relación con los transportes por carretera y por cable. c) Las funciones inherentes al régimen concesional relativo a la gestión indirecta del servicio público de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, y el registro de empresas radiodifusoras, Televisión y Telecomunicaciones por cable. d) La ejecución de la política de la Diputación General de Aragón en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, la tramitación de autorizaciones para la implantación de usos sobre el territorio y la elaboración de las directrices de Ordenación.

e) La planificación, proyecto y ejecución de obras relacionadas con el ciclo integral del agua, planes hidrológicos, de abastecimiento y depuración de aguas residuales, y la coordinación con las Diputaciones Provinciales en las competencias delegadas en materia de abastecimiento y distribución de agua y redes de saneamiento. f) El fomento y promoción de la mejora de la calidad edificatoria, control de calidad de la edificación, planificación y ejecución de programas de rehabilitación y de recuperación del patrimonio de interés arquitectónico y revitalización de cascos históricos y áreas de rehabilitación preferente. g) Las funciones, servicios y medios transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Cámaras de la Propiedad Urbana, que se ejecutarán, en virtud del Decreto 142/94 de 21 de junio y por incidir en su ámbito competencial, por el Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón.

Artículo 2.--El Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes.

Al Consejero de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, como titular del Departamento, le corresponde el ejercicio de la superior iniciativa, dirección e inspección de todos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR