DECRETO 45/2001, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se convoca el Premio Aragón 2001.
Sección | III. Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 45/2001, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se convoca el Premio Aragón 2001.
El Decreto 76/ 1984, de 28 de septiembre, modificado posteriormente por el Decreto 37/1995, de 14 de marzo, instituyó el Premio Aragón, el cual tiene como finalidad el reconocimiento a una labor continuada o de especial notoriedad e importancia a lo largo del año anterior a la convocatoria, tanto en el área de la cultura, como en el de la ciencia, la tecnología o los valores humanos, que suponga un destacado beneficio para la comunidad y constituya un modelo y testimonio ejemplar para la sociedad aragonesa.
En el Decreto 37/ 1995, de 14 de marzo, se establece que la convocatoria, que tendrá una periodicidad anual, será efectuada por la Diputación General de Aragón.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 13 de febrero de 2001, DISPONGO:
Artículo 1º.--Se convoca el Premio Aragón en su edición de 2001.
Artículo 2º.--El Premio Aragón 2001 se regirá por las bases que figuran como anexo al presente Decreto.
Disposición final: Unica: Se faculta al Consejero de Cultura y Turismo para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Zaragoza, 13 de febrero de 2001.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO ANEXO BASES PREMIO ARAGON 2001 Primera.--Objeto.
El Premio Aragón tendrá como finalidad el reconocimiento a una labor continuada o de especial notoriedad e importancia a lo largo del año anterior a la convocatoria, tanto en el área de la cultura como en el de la ciencia, la tecnología o los valores humanos, que suponga un destacado beneficio para la comunidad y constituya un modelo y testimonio ejemplar para la sociedad aragonesa.
Segunda.--Requisitos de los candidatos.
Podrán ser candidatos al Premio Aragón las personas aragonesas o de especiales vínculos con la Comunidad Autónoma, así como las instituciones o asociaciones aragonesas cuya actividad reúna las circunstancias previstas en el artículo anterior.
Tercera.--Dotación.
La dotación del Premio Aragón consistirá en la entrega de una reproducción de una obra escultórica de Pablo Serrano y de un diploma acreditativo, así como la cantidad de 2.000.000 de pesetas en la presente edición. El Premio Aragón será indivisible.
Cuarta.--Candidaturas.
1.--Las...
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