DECRETO 54/2003, de 11 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 50/2000, de 14 de marzo, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyDecreto

††† DECRETO 54/2003, de 11 de marzo, del Gobierno de AragÛn, por el que se modifica el Decreto 50/2000, de 14 de marzo, por el que se aprueba la estructura org·nica del Departamento de Medio Ambiente.

††† Por Decreto 50/2000, de 14 de marzo, del Gobierno de AragÛn, publicado en el ´BoletÌn Oficial de AragÛnª de 17 de marzo de 2000, se aprueba la estructura org·nica del Departamento de Medio Ambiente.

††† En dicho Decreto se define el ·mbito competencial y funcional de los Ûrganos directivos del Departamento, determinando los Ûrganos administrativos que se adscriben a cada uno de ellos y la articulaciÛn de la estructura perifÈrica del Departamento.

††† Posteriormente la Ley 6/2001, de 17 de mayo, de ordenaciÛn y participaciÛn en la gestiÛn del agua crea, en su artÌculo 4, el Instituto AragonÈs del Agua, Entidad de Derecho P˙blico adscrita al Departamento responsable de medio ambiente. La creaciÛn del Instituto AragonÈs del Agua lleva consigo la supresiÛn de la DirecciÛn General del Agua y la extinciÛn de la Junta de Saneamiento, tal y como establece la misma Ley en su DisposiciÛn Adicional Primera, por lo que es necesario proceder a la modificaciÛn de la organizaciÛn establecida en el Decreto 50/2000 para adecuarla a la realidad organizativa del Departamento.

††† Por otra parte, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevenciÛn y control integrados de la contaminaciÛn crea la autorizaciÛn ambiental integrada como un nuevo instrumento autonÛmico de intervenciÛn ambiental, por lo que es necesario determinar el ´Ûrgano competente para otorgar la autorizaciÛn ambiental integradaª, tal y como aparece definido en el artÌculo 3.h) de la citada Ley. Al objeto de coordinar los diferentes instrumentos de protecciÛn ambiental se ha optado por atribuir tanto el otorgamiento de la autorizaciÛn ambiental integrada como la declaraciÛn de impacto ambiental al mismo Ûrgano directivo, la DirecciÛn General de Calidad, EvaluaciÛn, PlanificaciÛn y EducaciÛn Ambiental.

††† Del mismo modo, se considera conveniente delimitar el Ûrgano al que se atribuye la competencia para emitir los certificados a los que hace referencia la DisposiciÛn Adicional Segunda de la Ley 25/2001, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad AutÛnoma de AragÛn para 2002, competencia que corresponder· a la DirecciÛn General de Calidad, EvaluaciÛn, PlanificaciÛn y EducaciÛn Ambiental.

††† Todas estas...

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