DECRETO 32/2003, de 11 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se convoca el Premio Aragón 2003.
Sección | III. Otras Disposiciones y Acuerdos |
Emisor | DEPARTAMENTO DE CULTURA Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 32/2003, de 11 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se convoca el Premio Aragón 2003.
El Decreto 76/1984, de 28 de septiembre, modificado posteriormente por el Decreto 37/1995, de 14 de marzo, instituyó el Premio Aragón, el cual tiene como finalidad el reconocimiento a una labor continuada o de especial notoriedad e importancia a lo largo del año anterior a la convocatoria, tanto en el área de la cultura, como en el de la ciencia, la tecnología o los valores humanos, que suponga un destacado beneficio para la comunidad y constituya un modelo y testimonio ejemplar para la sociedad aragonesa.
En el Decreto 37/1995, de 14 de marzo, se establece que la convocatoria, que tendrá una periodicidad anual, será efectuada por la Diputación General de Aragón.
En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 11 de febrero de 2003, DISPONGO:
Artículo 1º.-Se convoca el Premio Aragón en su edición de 2003.
Artículo 2º.-El Premio Aragón 2003 se regirá por las bases que figuran como anexo al presente Decreto.
DISPOSICION FINAL Unica.-Se faculta al Consejero de Cultura y Turismo para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
Zaragoza, 11 de febrero de 2003.
El Presidente del Gobierno de Aragón, MARCELINO IGLESIAS RICOU El Consejero de Cultura y Turismo, JAVIER CALLIZO SONEIRO ANEXO BASES PREMIO ARAGON 2003 Primera.-Objeto.
El Premio Aragón tendrá como finalidad el reconocimiento a una labor continuada o de especial notoriedad e importancia a lo largo del año anterior a la convocatoria, tanto en el área de la cultura como en el de la ciencia, la tecnología o los valores humanos, que suponga un destacado beneficio para la comunidad y constituya un modelo y testimonio ejemplar para la sociedad aragonesa.
Segunda.-Requisitos de los candidatos.
Podrán ser candidatos al Premio Aragón las personas aragonesas o de especiales vínculos con la Comunidad Autónoma, así como las instituciones o asociaciones aragonesas cuya actividad reúna las circunstancias previstas en el artículo anterior.
Tercera.-Dotación.
La dotación del Premio Aragón consistirá en la entrega de una reproducción de una obra escultórica de Pablo Serrano y de un diploma acreditativo, así como la cantidad de 12.020,24 euros en la presente edición. El Premio Aragón será indivisible.
Cuarta.-Candidaturas.
1.-Las candidaturas al...
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