ORDEN de 12 de mayo de 1999, del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento, de ampliación de la vigencia de la de 6 de julio de 1998, por la que se convocan, para el ejercicio de 1998, las ayudas establecidas en el Real Decreto 615/1998, de 17 de abril, del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética (PAEE) actualizándola...

SecciónIII. Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FOMENTO
Rango de LeyOrden

ORDEN de 12 de mayo de 1999, del Departamento de Economía, Hacienda y Fomento, de ampliación de la vigencia de la de 6 de julio de 1998, por la que se convocan, para el ejercicio de 1998, las ayudas establecidas en el Real Decreto 615/1998, de 17 de abril, del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética (PAEE) actualizándola, para el ejercicio económico de 1999.

La Orden de este Departamento de 6 de julio de 1998 convocó para el ejercicio de 1998, las ayudas establecidas en el Real Decreto 615/1998, de 17 de abril, en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, regulando el procedimiento para su otorgamiento y limitando su ámbito temporal al ejercicio presupuestario de 1998.

Mas como quiera que dicho Real Decreto circunscribe el ámbito temporal del régimen de las subvenciones previstas en él a los ejercicios presupuestarios de 1998 y 1999, resulta oportuno ampliar la vigencia de la Orden de 6 de julio de 1998 al presente ejercicio económico y otorgar un nuevo plazo para que los interesados puedan presentar las solicitudes.

Por cuanto antecede, de conformidad con las disposiciones legales vigentes en la materia y con los objetivos de la PAEE y del Plan Energético de Aragón, vengo a disponer:

Artículo 1.

1. La Orden de 6 de julio de 1998, por la que se convocan para el ejercicio de 1998, las ayudas establecidas en el Real Decreto 615/1988, de 17 de abril, por el que se establece un régimen de ayudas y se regula su sistema de gestión en el marco del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética (PAEE) continuará vigente durante el ejercicio presupuestario de 1999.

Artículo 2.--El articulado de dicha Orden se modifica en los siguientes apartados: 1º. El artículo 6 incorporará un apartado f) con el siguiente texto: "f) Planificación temporal prevista para la ejecución de la obra".

2º. El artículo 7. Plazo de presentación de solicitudes, se sustituye el texto por el siguiente: "El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la fecha de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Aragón".

3º. El artículo 8 se modifican los apartados 2, 5 y 6 que quedan como sigue: "2.--El otorgamiento de la subvención estará condicionado a las disponibilidades presupuestarias del ejercicio y las normas que al respecto establece la Unión Europea. Asimismo, el porcentaje de subvención se determinará de acuerdo con las solicitudes presentadas." "5.--La Resolución podrá hacer constar determinadas condiciones, basadas en circunstancias...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR