DECRETO 3/1994, de 12 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el horario de apertura al público de la oficina d el Registro General y de la Oficina de la Ventanilla Unica, y de la recep ción por éstas de documentos dirigidos a cualquier órgano de la Administración en el ámbito territorial de...

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DEPRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 3/1994, de 12 de enero, de la Diputación General de Aragón, por el que se regula el horario de apertura al público de la oficina de l Registro General y de la Oficina de la Ventanilla Unica, y de la recepc ión por éstas de documentos dirigidos a cualquier órgano de la Administración e n el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. Mediante Orden de 10 de mayo de 1989, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, se reguló la jornada y horario de trabajo e n la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, estableciéndose en s u artículo tercero el horario de las oficinas de Información, de Relacion es Ciudadanas y de Registro. A su vez, la Diputación General de Aragón ha promovido importantes modificaciones en la composición y estructura de los servicios de recep ción, información y atención al público mediante el Decreto 198/1993, de 24 d e noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea y est ructura la Gerencia de Servicios de Ventanilla Unica, y mediante el Decreto 206 /1993, de 24 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se r egula la estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales. La voluntad de facilitar a los ciudadanos y administrados, en general, el mayor grado de accesibilidad horaria para la presentación de cualquier instancia o escrito relacionado con el procedimiento administrativo dir igido a cualquier órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma o de otr as Administraciones, en los términos establecidos por la Ley 30/1992, de 2 6 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como la adecuada utilización de los efectivos y recursos disponibles a tal efecto, hace conveniente una nue va regulación del horario establecido. El Decreto 14/1992, de 18 de febrero, de la Diputación General de Aragó n, por el que se distribuyen entre los distintos órganos las competencias en m ateria de personal, atribuye a la Diputación General competencia para determin ar la jornada de trabajo...

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