DECRETO 219/1993, de 16 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se modifican las Disposiciones Transitorias del Dec reto 79/1990, por el que se aprueba el Reglamento sobre Campamentos de Turi smo y otras modalidades de acampada.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INDUSTRIA COMERCIO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 219/1993, de 16 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se modifican las Disposiciones Transitorias del Decr eto 79/1990, por el que se aprueba el Reglamento sobre Campamentos de Turis mo y otras modalidades de acampada. Por Decreto 79/1990, de 8 de mayo, de esta Diputación General de Aragón , se aprobó el Reglamento sobre Campamentos de Turismo y otras modalidades d e acampada. La aplicación en la práctica del citado Reglamento, que entró en vigor el 12 de junio de 1990, ha evidenciado plazos de adaptación insuficientes, qu e aconsejan su ampliación. En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turism o, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón en su reunión de fecha 16 de diciembre de 1993, DISPONGO: Disposición final única.--Las Disposiciones Transitorias del Decreto 79 /1990, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre campamentos de turismo y otras modalidades de acampada, quedan redactadas conforme al siguient e tenor literal:

Primera.--En relación con la excepcionalidad contemplada en el artículo 40, respecto a la autorización de las áreas de acampada, tendrán opción a s er autorizadas como áreas de acampada, una vez cumplidos los requisitos té cnicos exigibles, aquellas áreas en las que en los últimos tres años anteriore s al 12-6-90 y de forma fehaciente, se ha venido desarrollando tal función, lo que se justificará con informe del Ayuntamiento. Antes del 1-7-95 deberán haber realizado las obras de adaptación y soli citado la autorización de apertura ante el Servicio Provincial de Industria, C omercio y Turismo; en caso contrario, serán definitivamente prohibidas. Segunda.--Los establecimientos de campings autorizados hasta la fecha d e entrada en vigor de este Reglamento podrán solicitar la...

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