DECRETO 24/2007, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Aquitania y Midi-Pyrénées.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE ECONOMIA HACIENDA Y EMPLEO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 24/2007, de 13 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Aquitania y Midi-Pyrénées.

A lo largo de las últimas décadas se han desarrollado contactos continuos entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Aquitania y Midi-Pyrénées, en aspectos de interés mutuo.

Los primeros contactos se concretaban en reuniones institucionales para suscribir acuerdos sobre la permeabilización del macizo pirenaico, el desarrollo del medio ambiente y otros.

Posteriormente, las tres Regiones consideraron la posibilidad de ampliar los contactos con otras Regiones que velasen por intereses comunes. En 1983 se crea la Comunidad de Trabajo de los Pirineos y en 1991 la Asociación Europea de Regiones de Montaña, organismos en que se integran institucionalmente.

Sin embargo, procedía desarrollar mecanismos para fomentar que también los ciudadanos, entidades e instituciones públicas y agentes económicos y sociales con residencia en estas regiones, siguiendo la filosofía de la eliminación de fronteras de la Comunidad Europea, desarrollasen conjuntamente acciones y proyectos de cooperación transfronteriza.

Ya en el año 1994 comenzó esta cooperación entre ciudadanos de las regiones mencionadas a través de la Iniciativa Comunitaria INTERREG.

Posteriormente, el Gobierno de Aragón suscribe con los Consejos Regionales de Midi-Pyrénées y Aquitania, los días 27 de abril y 20 de mayo de 2001, respectivamente, sendos Convenios de Cooperación Transfronteriza («Boletín Oficial de Aragón» núm. 133, de 12 de noviembre), en los que se establece un marco de cooperación entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las dos regiones francesas citadas comprometiéndose a fomentar proyectos de interés común. A partir de la firma de estos Convenios de Cooperación Transfronteriza, el Gobierno de Aragón ha venido convocando y concediendo subvenciones desde el año 2002.

Sin embargo, la entrada en vigor de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones ha introducido importantes novedades en la regulación jurídica de las subvenciones públicas, que determina la necesidad de elaborar un nuevo marco normativo que adapte en algunos aspectos la práctica seguida hasta la fecha, y con el fin de adecuarla a las exigencias de carácter básico que la citada ley ha establecido para el conjunto de las Administraciones Públicas.

Asimismo, se han tenido en cuenta en el presente decreto las disposiciones del acervo comunitario en materia de ayudas públicas, acogiéndose para las empresas al Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión de 15 de diciembre de 2006 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de minimis.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión de 13 de febrero de 2007,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y finalidad.
  1. -Es objeto del presente decreto establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Aquitania y Midi-Pyrénées.

  2. -La finalidad de tales subvenciones es la de fomentar la realización de actividades conjuntas entre personas y entidades residentes en la Comunidad Autónoma de Aragón con otras personas y entidades residentes en las regiones francesas de Aquitania o Midi-Pyrénées, en los ámbitos de aplicación que se recogen en el artículo 2 de este Decreto. El fin último de las acciones y proyectos es la cooperación.

Artículo 2 çmbito de aplicación.

Serán susceptibles de subvención aquellos proyectos de cooperación transfronteriza que tengan relación con las materias definidas en el artículo 2 de los Convenios de Cooperación Transfronteriza, suscritos entre el Gobierno de Aragón y los Consejos Regionales de Aquitania y Midi-Pyrénées, y que se detallan a continuación:

  1. Estudios sobre ordenación del territorio que favorezcan la permeabilización del macizo pirenaico.

  2. Sociedad de la información y desarrollo tecnológico: investigación aplicada y transferencia de nuevas tecnologías; intercambio de investigadores.

  3. Medio ambiente y desarrollo sostenible: intercambios en materia de desarrollo agrícola, agroalimentario y medioambiental; actividades económicas relacionadas con el medio ambiente.

  4. Educación y cultura: intercambios pedagógicos; formación de formadores; formación profesional; cooperación de instituciones y entidades; cooperación en materia cultural y deportiva; bilingüismo franco-español.

  5. Comercio, industria y turismo: cooperación industrial y desarrollo de empresas; creación de nuevos productos; cooperación a la exportación; cooperación en materia sanitaria e integración social y desarrollo de la economía turística a través de acciones coordinadas destinadas a favorecer un turismo de calidad.

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