DECRETO 348/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se suspende la aprobación de nuevos Planes Eólicos Estratégicos.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE INDUSTRIA COMERCIO Y DESARROLLO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 348/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se suspende la aprobación de nuevos Planes Eólicos Estratégicos.

El Gobierno de Aragón tiene entre sus objetivos prioritarios de política energética el fomento del aprovechamiento de las energías renovables, siendo la energía eólica la fuente que ha experimentado un mayor desarrollo en la última década.

El Decreto 279/1995, de 19 de diciembre, por el que se regula el procedimiento para la autorización de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica, y el Decreto 93/1996, de 28 de mayo, por el que se regula el procedimiento de autorización de instalaciones de innovación y desarrollo para el aprovechamiento de la energía eólica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, constituyen las dos normas básicas que el Gobierno de Aragón ha aprobado con la doble finalidad de contribuir a la promoción de esta actividad y poner las condiciones para la obtención del máximo valor añadido en favor de la sociedad aragonesa.

La disponibilidad de un elevado potencial eólico, el rápido desarrollo tecnológico y la promulgación de un marco jurídico favorable a la generación en régimen especial en los ámbitos nacional, comunitario e internacional, han contribuido de forma decisiva al aumento del número de parques eólicos instalados en el territorio de nuestra Comunidad Autónoma. El Plan de Acción de las Energías Renovables en Aragón fijaba en el año 1998, para el año 2005, la cifra de 720 MW de potencia instalada para el ámbito de la energía eólica.

El gran aumento de las solicitudes de planes y parques eólicos formuladas a partir de la aprobación de la normativa autonómica anteriormente citada puso de manifiesto la necesidad de articular mecanismos que permitieran su priorización y organización, así como la necesidad de optimizar y desarrollar la capacidad de evacuación de la red eléctrica. Con este objetivo, el Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo publicó la Orden de 30 de noviembre de 2000 por la que se dispone el procedimiento de asignación de conexiones a la red eléctrica para instalaciones de generación, en el ámbito del Plan de Evacuación de Régimen Especial de Aragón 2000-2002 (PEREA).

La regulación establecida en el Decreto 279/1995 ha permitido pasar de la situación previa de práctica inexistencia de parques eólicos a la realidad actual en la que el 80 % de la potencia eólica fijada...

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