DECRETO 134/1989, de 14 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan determinados supuestos de provisión de puestos de trabajo para el personal funcionario procedente de los Cuerpos de la Sanidad Local.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE SANIDAD BIENESTAR SOCIAL Y TRABAJO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 134/1989, de 14 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, por el que se regulan determinados supuestos de provisión de puestos de trabajo para el personal funcionario procedente de los Cuerpos de la Sanidad Local.

El Decreto 70/1987, de 9 de junio, Diputación General de Aragón, por el que se reglamenta la provisión de puestos de trabajo y la promoción profesional de los funcionarios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, exceptúa de lo dispuesto en el mismo los procedimientos para la provisión de puestos de trabajo propios del personal sanitario de carácter asistencial u hospitalario, al que se aplicarán sus normas propias, respetándose en todo caso la obligatoriedad de la convocatoria pública.

Existiendo dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón gran número de plazas correspondientes a los distintos Cuerpos de Sanitarios Locales que se encuentran desempeñadas por funcionarios de carrera con destino provisional o por funcionarios interinos, se hace necesario reglamentar, aunque sea provisionalmente y hasta tanto se dicten normas que regulen de manera definitiva la actividad, el procedimiento a que deberán acomodarse los concursos de méritos y traslados de los funcionarios pertenecientes a dichos Cuerpos, que presten o hayan de prestar sus servicios dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Por otra parte, dadas las especiales condiciones técnicas que se requieren para el desempeño de puestos de trabajo dentro del ámbito sanitario, resulta aconsejable que en determinados casos y cuando así se considere preciso, puedan aprovecharse los conocimientos y preparación de personal que ya viene prestando servicios dentro de la Comunidad Autónoma de Aragón, como es el caso de funcionarios pertenecientes a los distintos cuerpos de carácter Sanitario Local.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y Relaciones Institucionales, de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo y de Agricultura, Ganadería y Montes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Diputación General de Aragón, en su reunión del día 14 de noviembre de 1989, DISPONGO:

La provisión, en determinados supuestos, de puestos de trabajo correspondientes al área funcional de la Sanidad Local en el ámbito de actuación de la Comunidad Autónoma de Aragón, se regirá lo establecido en el presente Decreto.

CONCURSO DE MERITOS Y TRASLADO DE LOS FUNCIONARIOS AL SERVICIO DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE ARAGON PROCEDENTES DE LOS CUERPOS DE LA SANIDAD LOCAL Artículo 1º.-El Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales a propuesta del titular del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Trabajo, y del titular de Agricultura Ganadería y Montes en los supuestos de Veterinarios dependientes de dicho Departamento, convocará cada dos años, como máximo, concursos de méritos y traslado para la provisión de los puestos de los funcionarios procedentes de la Sanidad Local, dentro del ámbito territorial y funcional de la Comunidad Autónoma de Aragón, con arreglo a lo establecido en el presente Decreto.

Artículo 2º.-En los concursos convocados serán ofrecidas, para cada Cuerpo la totalidad de las plazas que no se encuentren desempeñadas o reservadas a funcionarios de carrera con destino definitivo y que, dependientes de servicios propios de la Comunidad Autónoma de Aragón, estén adscritas con carácter exclusivo a funcionarios del Cuerpo correspondiente.

Unicamente se excluirán de la convocatoria las plazas que, al tiempo de su publicación, se encuentren sujetas a proceso de reestructuración o se prevea su realización en el futuro.

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