ORDEN de 2 de julio de 2014, del Departamento de Presidencia y Justicia, por la que se aprueba y convoca el sistema de ayudas de acción social a favor del personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014.

SecciónI. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, establece en su artículo 67 la atribución a la Comunidad Autónoma de Aragón de la competencia sobre todo el personal al servicio de la Administración de Justicia, que no integre el Poder Judicial, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial, previsión que se ve cumplida por el Real Decreto 1702/2007, de 14 de diciembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de provisión de medios personales, materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia ("Boletín Oficial de Aragón", número 154, de 31 de diciembre de 2007).

El Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia, otorga a la Dirección General de Administración de Justicia la competencia sobre todo el personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón.

El apartado Quinto del Acuerdo del Gobierno de Aragón, de 30 de enero de 2008, sobre integración del personal transferido, publicado por Orden de 20 de febrero de 2008, del Departamento de Presidencia, ("Boletín Oficial de Aragón", número 27, de 5 de marzo de 2008), establece que el régimen de Acción Social del personal funcionario objeto del traspaso perteneciente a los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia, será negociado en el seno del sistema de articulación de la negociación colectiva de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

El apartado 2 del Acuerdo Marco Sectorial Administración-sindicatos del personal funcionario de la Administración de Justicia de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 93, de 2 de julio de 2008), establece en relación con las Ayudas de Acción Social de este personal:

"En el mutuo convencimiento de las partes firmantes de este Acuerdo de integrar, armonizar y conciliar condiciones de trabajo para todo el personal de la Comunidad Autónoma, el Departamento competente en materia de Justicia, destinará el mismo porcentaje y por los mismos conceptos retributivos de la masa salarial perteneciente a los funcionarios de los Cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que el establecido para el resto de personal dependiente del Gobierno de Aragón para la financiación de su Acción Social y la aportación que la Comunidad Autónoma tenga que satisfacer al Fondo de Pensiones del personal funcionario y laboral de la Comunidad Autónoma de Aragón."

La presente orden establece la regulación del sistema de Ayudas de Acción Social y su convocatoria para el ejercicio 2014. Asimismo prevé quién puede causar derecho a la cobertura de las contingencias y situaciones, los requisitos que debe reunir, entre los que se establece, encontrarse en servicio activo como funcionario de la Administración de Justicia, con destino en la Comunidad Autónoma de Aragón, a fecha 31 de diciembre de 2013 o haber prestado servicios durante seis meses en el año 2013, sin necesidad de que éstos sean ininterrumpidos y las situaciones que dan lugar a la percepción de la ayuda; así como el procedimiento para su concesión, garantizando en todo momento el principio de eficacia, eficiencia y transparencia.

Se establecen las diferentes modalidades de ayudas: de discapacidad, hijos, sanitaria y estudios, estableciendo los requisitos concretos de los beneficiarios para su concesión, así como la documentación específica a aportar, el importe máximo a percibir por tipo de ayuda, así como el porcentaje destinado a cada modalidad de ayuda sobre la cuantía total asignada por el Departamento competente en materia de Hacienda a la Dirección General de Administración de Justicia para satisfacer las Ayudas de Acción Social objeto de esta orden que asciende a la cantidad máxima de 185.880,77€.

En su virtud, previa negociación con las Organizaciones Sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Justicia, dispongo:

Artículo 1 Objeto
  1. Esta orden establece las normas reguladoras de las contingencias y situaciones que dan acceso al sistema de ayudas de acción social a favor del personal funcionario perteneciente a los Cuerpos Nacionales al servicio de la Administración de Justicia, transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón, así como su convocatoria para el año 2014.

  2. El sistema de ayudas de acción social tiene por objeto la cobertura de las diferentes modalidades de ayudas señaladas en el artículo 3, con el objetivo de mejorar las condiciones sociales del personal destinatario de las mismas.

  3. En los casos en que el importe de la ayuda a conceder tenga relación con la cantidad abonada por el solicitante, ésta no podrá exceder del importe efectivo satisfecho por aquél.

Artículo 2 Solicitantes
  1. Podrán solicitar las diferentes modalidades de ayudas de acción social que se regulan en esta orden los Funcionarios de Carrera o Interinos de los Cuerpos Nacionales al Servicio de la Administración de Justicia dependientes de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuya gestión haya sido transferida y que a continuación se detalla:

    - Médicos Forenses.

    - Facultativos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

    - Gestión Procesal y Administrativa.

    - Tramitación Procesal y Administrativa.

    - Auxilio Judicial.

    - Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

  2. Los Funcionarios de los Cuerpos citados que aspiren a ser beneficiarios de alguno de las Ayudas deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. ...

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