DECRETO 82/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula las instalaciones sanitarias y los servicios médico-quirúrgicos en los espectáculos taurinos.

SecciónI. Disposiciones Generales
EmisorDEPARTAMENTO DE POLITICA TERRITORIAL, JUSTICIA E INTERIOR
Rango de LeyDecreto

El artículo 71.54a del Estatuto de Autonomía de Aragón establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de espectáculos públicos, constituyendo una modalidad de los mismos los espectáculos taurinos. En ejercicio de tal competencia, fue aprobada la Ley 11/2005, de 28 de diciembre, reguladora de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, norma en la que se contiene la ordenación general del sector asumiendo los términos estatutarios de referencia.

A tenor de lo previsto en el artículo 149.1.16 de la Constitución, el Estado tiene competencia exclusiva para fijar las bases y coordinación general de la sanidad y, por ello, le corresponde la regulación básica y a las Comunidades Autónomas el desarrollo de la misma. A este respecto, la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, encomienda en su artículo 40.7 a la Administración del Estado «la determinación de las condiciones y requisitos técnicos mínimos para la aprobación y homologación de las instalaciones y equipos de los centros y servicios». De acuerdo con esta disposición y con lo establecido en el artículo 3.3 de la Ley 10/1991, de 4 de abril, de potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, se aprobó el Real Decreto 1649/1997, de 31 de octubre, por el que se regulan las instalaciones sanitarias y los servicios médico quirúrgicos en los espectáculos taurinos, que se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 271, de 12 de noviembre de 1997, con una corrección de erratas publicada en el número 9 del mismo diario oficial, correspondiente al 10 de enero de 1998, el cual, en cuanto determina las condiciones y requisitos técnicos mínimos que deben reunir las instalaciones sanitarias y los servicios médico quirúrgicos en los espectáculos taurinos, tiene el carácter de normativa básica afectando exclusivamente a aquellos en los que intervienen profesionales.

La regulación autonómica de los festejos taurinos se contiene, en cuanto a los populares, en el Decreto 226/2001, de 18 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de festejos Taurinos Populares de Aragón, y, en cuanto a los festejos en los que intervienen profesionales, en el Decreto 223/2004, de 19 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Espectáculos Taurinos, luego modificado por Decreto 193/2005, de 19 de septiembre.

En los citados Reglamentos se dictaban normas sobre la regulación de las instalaciones sanitarias y del personal de los servicios médicos, concretamente, en el artículo 7 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, y en el artículo 7.2, letra d) del Reglamento de Festejos Taurinos Populares de Aragón, precepto éste último anulado en vía jurisdiccional por Sentencia de 24 de enero de 2005, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, confirmada en casación mediante Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de septiembre de 2009.

Dado que los requisitos fijados en el Real Decreto 1649/1997, de 31 de octubre, tienen el carácter de mínimos y que se refieren exclusivamente a los festejos en que intervienen profesionales, no regulándose los servicios médicos sanitarios de los festejos taurinos populares, y, en aras de una mayor seguridad jurídica, se ha considerado adecuado elaborar la presente norma que, con pleno respeto de la normativa sanitaria básica del Estado, recoge las condiciones que las instalaciones sanitarias y el personal de los servicios médicos deberán cumplir en todos los espectáculos taurinos que se celebren en la Comunidad Autónoma de Aragón, incluidos los festejos populares.

Por cuanto antecede, previos los informes correspondientes, de acuerdo con el dictamen número 7/2010, del Consejo Consultivo de Aragón, de 19 de abril de 2010, y a propuesta del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, el Gobierno de Aragón, previa deliberación, en su reunión del día 27 de abril de 2010,

Artículo único Se aprueba el Reglamento por el que se regula las instalaciones sanitarias y los servicios médico quirúrgicos en los espectáculos taurinos,...

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