DECRETO 43/2012, de 21 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se acepta la cesión gratuita de nueve parcelas rústicas sitas en el término municipal de Sástago (Zaragoza), acordada por la Administración General del Estado, para su declaración como monte de utilidad pública.
Sección | III. Otras Disposiciones y Acuerdos |
Rango de Ley | Decreto |
La Administración General del Estado, mediante Orden de la Ministra de Economía y Hacienda, de 16 de diciembre de 2011, ha dispuesto ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de Aragón nueve fincas rústicas sitas en el término municipal de Sástago (Zaragoza), para ser declaradas como monte de utilidad pública.
El anterior Departamento de Medio Ambiente informó favorablemente la aceptación de la cesión de estas parcelas puesto que forman parte esencial del conjunto de las Saladas de Sástago, de gran importancia ecológica y medioambiental, y que figuran en el Inventario de Humedales Singulares de Aragón creado y regulado por el Decreto 204/2010, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón. Por tanto, todas estas fincas cumplen los requisitos para ser declaradas monte de utilidad pública, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 15/2006, de 28 de diciembre, de Montes de Aragón, el cual contempla, entre otros supuestos para la declaración de este tipo de montes, el de constituir un humedal, contribuir a la conservación y aumento de la diversidad biológica, a través del mantenimiento e incremento de los sistemas ecológicos, la protección y desarrollo de la flora y la fauna o la preservación y extensión de la diversidad genética, o formar parte de áreas de la Red Natural de Aragón, reservas de la biosfera, u otras figuras legales de protección.
De acuerdo con los artículos 149 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y 125 de su Reglamento, el anterior Departamento de Medio Ambiente acreditó disponer de los medios necesarios para el cumplimiento de los fines y obligaciones que se derivan de esta cesión.
Las parcelas ofrecidas han sido valoradas por técnicos del Departamento de Hacienda y Administración Pública, a los efectos del artículo 21 de la Ley 5/2011, de 10 de marzo, del Patrimonio de Aragón,
En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Administración Pública, y previa deliberación, del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 21 de febrero de 2012:
Primero.-Aceptación de la cesión.
Se acepta la cesión gratuita, acordada por la Administración General del Estado, de la plena propiedad de las fincas de titularidad estatal que a continuación se describen:
-
-Rústica. Finca 36 del polígono 2. Secano en término de Sástago al sitio de Salada del Pito, de sesenta hectáreas treinta y dos áreas y cincuenta centiáreas. Linda: Norte, finca 37; Sur, fincas 35a y 39 y camino; Este, fincas 37 y 39...
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